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INCAPACIDAD POR EMBARAZO

  • Consulta : 262578
  • Autor : yazoficial_NR
  • Publicado : Martes 14 de Abril de 2015 11:52 desde la IP: 201.174.99.67
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,107
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  • Autor
    Consulta

  • yazoficial_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes,

    Mi esposa entro a trabajar el mes de noviembre, llevabamos varios meses atrás intentando embarazarnos, de hecho en Julio el medico confirmó que estaba todo bien con el embrión y lo perdimos, pero a finales de noviembre gracias a dios volvió a embarazarse, pero ahora le dijeron en el imss que o no le dan incapacidad o que no se la pagarán ya que no cuenta con 6 meses de antiguedad en el nuevo empleo, no sabemos que puede pasar, si te dan incapacidad? te pagan completo la incapacidad? és legal esto? ella tiene 5 meses de embarazo.

    Muchas gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 377836

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    De conformidad con lo que previene el artículo 102, de la Ley del Seguro Social, su esposa, para que tenga derecho al subsidio por las incapacidades de los períodos pre y post natal, necesita tener cotizadas, cuando menos, 30 semanas en los 12 meses anteriores a la fecha en que le expidan el primer certificado de incapacidad; de no satisfacer ese requisito, entonces el Seguro Social no se los pagará.

    Sin embargo, ello no debe preocupar a su cónyuge, ya que la obligación de pago recae en principio en el patrón, ya que es él el que se encuentra obligado a pagar el salario a su esposa durante el tiempo que se encuentre incapacitada, ya que así lo dispone expresamente el artículo 170, fracciones II y V, de la Ley Federal del Trabajo.



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