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LIQUIDACION
- Consulta : 257447
- Autor : gilmonyosso_NR
- Publicado : Martes 24 de Febrero de 2015 13:59 desde la IP: 189.140.33.117
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 24 de Febrero de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 375181
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Febrero de 2015 14:20 2015-02-24 14:20 desde IP: 189.133.110.218
si no tienes contrato laboral y no hay nada que vincule a la hija de su patrona fallecida, lo mas conveniente seria que llegue usted a un acuerdo con ella. mas sin enbargo para orientarse cuanto le corresponde por sus derechos laborales adquiridos asista usted a la junta de conciliacion y arbitraje mas cercana y ahi encontrara usted una persona que le pueda orientar.
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