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ME JUNTE CON UN MAYOR EDEAD!!QUE PASARIA?

  • Consulta : 257415
  • Autor : herreriaelpicachu4664_NR
  • Publicado : Martes 24 de Febrero de 2015 11:19 desde la IP: 189.139.22.58
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,221
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  • Autor
    Consulta

  • herreriaelpicachu4664_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Hola mi nombre es fatyma y quiero hacer unas preguntas a ustedes que tienen la capacidad de responder y aclarar mis dudas!buenos dias abogados hace tre dias busque a mi novio y opte por decirle que queria tener relaciones con el,yo lo quiero mucho el tiene 27 años y yo estoy apunto de cumplir 13 años!!emos hablado con mi mama pero dice que lo quiere demandar y yo estoy asustada,que pasaría en este caso con nuestra relación?el puede ir ala cárcel?yo lo amo y fue mi decision de estar a su lado y la que lo busco fui yo!ay algún delito o en verdad lo pueden meter ala cárcel cuando yo estuve de acuerdo?espero me respondas pronto lics.buen dia

     

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  • Autor
    Respuesta No: 375178

  • Lic.Marco Cuevas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    SI, podría ir a la carcel, por el delito de estupro, ya que, aunque des tu consentimiento, por tu edad se presume seducción o engaño.

     

     

    ESTUPRO
    Artículo 264.- Al que tenga cópula con persona mayor de doce años de edad pero menor de dieciocho, empleando la seducción o el engaño para alcanzar su consentimiento, se sancionará con prisión de dos a ocho años y multa de cien a trescientos cincuenta días de salario.*22
    Artículo 265.- Cuando la persona estuprada fuere menor de quince años de edad se presumirá la seducción o el engaño.
    Artículo 266.- No se procederá contra el estuprador, sino por queja del ofendido, de sus padres o a falta de éstos, de sus representantes.

    Legislación de Puebla.

     

    Atículo 271. Comete delito de estupro quien tenga cópula con una persona mayor de quince años y
    menor de dieciocho obteniendo su consentimiento por medio de cualquier tipo de seducción. A quien cometa este delito se le impondrán de uno a cinco años de prisión.
     
    Artículo 272.No se procederá contra el inculpado del estupro, si no es por querella de la parte ofendida, de sus padres o, a falta de éstos, de sus representantes legítimos.
     
    Legislación del Edo. de México



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