Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

IMPEDIMENTOS DE CUSTODIA Y GUARDIA

  • Consulta : 255472
  • Autor : mr_r11_NR
  • Publicado : Jueves 05 de Febrero de 2015 23:22 desde la IP: 189.217.16.228
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,136
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • mr_r11_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas noches... 

     

    De acuerdo a lo que revisé en el Código Civil del Distrito Federal, la patria potestad de un niño puede ser suspendida "I. Por incapacidad declarada judicialmente" (Art. 447). En este contexto quisiera saber si es posible en una demanda de custodia y guardia argumentar incapacidad médica por parte del tutor actual, de ser así me gustaría saber el procedimiento.

     

    La situación es que la abuela paterna del niño en cuestión (mi sobrino) quiere la custodia y guardía del menor (10 años), ella vive sola, por su edad y condición actual (secuelas de una enfermedad que tuvo) consideramos riesgoso que el niño quede bajo su cuidado... sin embargo, ella ya metió la demanda solicitándola... que podemos hacer?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 374088

  • Alberto081
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Responder la demanda y poneer otra persona para la custosia, la pregunta es por que la abuea y no alguno de los padres.

     

    esta raro el caso



  • Autor
    Respuesta No: 374089

  • OMEGA 2015
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    OMEGA SERVICIOS JURIDICOS PROFESIONALES.

    Mas de 30 años al servicio de usted.

    LICENCIADOS EN DERECHO UNAM

    Precios fijos desde el principio de su consulta.

    Precios fijos desde el principio de su consulta.

    ATENCION AL PUBLICO. DE 11:00 A 17:00 HORAS.

    Atención personalizada. DE LUNES A VIERNES

    Le apoyamos en sus problemas relacionados con:

    MARIA CIVIL. Contratos, de arrendamiento, compra-venta, comodato, etcétera.

    MATERIA FAMILIAR. Divorcios, Alimentos, Guarda y Custodia,  Perdida de la Patria potestad. Testamentarias, Intestados. etcétera. Rectificación o modificación del nombre. Corrección de actas del registro civil. Etcétera. TESTAMENTOS. REASIGNACION DE SEXOS

    MATERIA ADMMINISTRATIVA:  Patentes y Marcas, Nombres Comerciales. Multas y zancones de Tesorería del SAT.

    Consultas previa cita.    . (CINCUENTA Y CINCO CATORCE SETENTA Y OCHO NOVENTA Y SIETE.

    Cel. (CINCUENTA Y CINCO VEINTIDOS CINCUENTA Y DOS VEINTINUEVE CUARENTA Y NUEVE).

    E-MAIL.            sejupro05

    Córdoba 55-101. (ciento uno).

    Colonia Roma Norte.

    Teléfono .

    Cel. 55225622949.

     



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión