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PROPIEDAD INTESTADA

  • Consulta : 255397
  • Autor : lilishm_NR
  • Publicado : Jueves 05 de Febrero de 2015 13:21 desde la IP: 187.200.136.142
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,074
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  • Autor
    Consulta

  • lilishm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Buen dia a todos espero se encuentren muy bien,

    Me gustaria que me pudieran ayudar con unas dudas en relacion a una propiedad intestada. Mi abuelita fallecio, tenia una casa, y las escrituras al parecer estan a nombre de ella y de 2 de sus hijos (ya fallecidos también), el nombre de mi mama no aparece en las escrituras pero tambien es su hija. El problema que se esta presentado es que la esposa de uno de los hijos (fallecidos) de mi abuelita esta reclamando esa propiedad como suya, y la señora tienen 2 hijos tambien. Mi duda es que si mi mama que es por decir la unica hija viva de mi abuelita, quien tiene mayor derecho a esa propiedad:

    - La esposa e hijos de mi tio fallecido, hijo de mi abuelita ó?

    - La unica hija viva que es mi mama?

    Cabe mencionar que la señora realizo un intestado en el año 2004 para que la mitad de esa propiedad fuera dejara a sus hijos pero hasta el momento no se ha llegado nada y que estaban casados por bienes mancomunados. Ademas mi abuelita no dejo testamento y mi tio tampoco.

    No se si me explique o esta muy enredeado.

    Les agradeceria mucho me pudieran dar un panorama de lo que puede sucitarse en estos casos o lo que se puede hacer.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 374012

  • Alberto081
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola

    si el hijo fallecido que aparece en las escrituras fue casado por cualquier regimen. en automatico los bienes pasan a la esposa.

    solo no mencionas si en las escrituras aparecen como testigos o como dueños de la propiedad o como que... eso ayuda y puede cambair muchas cosas.

     

     



  • Autor
    Respuesta No: 374016

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    En el derecho no existe nada "automático", que no le sorprendan. Usted debe denunciar todas las sucesiones, tanto la de la abuela como la de los hijos fallecidos. Necesita de abogado especilista en la materia para que revise la documentación con la que cuenta y le diga los trámites que correspondan para reclamar ya sea por cabeza o por estirpe la masa hereditaria.



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