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ME QUITARON A MI HIJO Y NO ME LO QUIEREN DEVOLVER
- Consulta : 252756
- Autor : SONIA77
- Publicado : Martes 13 de Enero de 2015 15:31 desde la IP: 187.212.160.158
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,122
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 13 de Enero de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 372633
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Enero de 2015 15:36 2015-01-13 15:36 desde IP: 189.163.87.244
bueno pues todo apunta a que perderá la apelaciuón y luego ira al amparo y tambien lo perderá pero para eso habrá pasado ya casi 1 año.
Que hacer entonces?
Acuda al Ministerio Público y presente una denuncia de los hechos.... el MP lo citará y le hara saber que esta cometiendo el delito de resistencia de particulares, retensión de menores, y los quye resulte.... que es indebido que el retenga al menor .... Una vez que el Magistrado o en su defecto el Juez de Distrito le dieren la razon en caso de tenerla... será hasta entonces cuando él podrá negarse a entregar al menor pero solo hasta entonces... en este momento hay una sentencia que le niega su peticion por lo que AMBOS CONYUGES ostentan la patria potestad y no se ha pronunciado un Juez sobre quien tendrá la guarda y custodia de los menores por lo que ..DEBE ENTREGARLO
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 372656
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Enero de 2015 13:30 2015-01-14 13:30 desde IP: 187.212.167.72
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Autor
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AutorRespuesta No: 372660
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Enero de 2015 13:55 2015-01-14 13:55 desde IP: 189.251.62.172
estimada sonia
espero no confundirla pero le explico mire estimada consultante
cuando alguien demanda perdida de guardia y custodia y la pierde, la convivencia es totalmente independiente a la guardia y custodia ¿porque? porque es un derecho estrictamente del menor convivir con quien perdio la guardia y custodia para su normal desarrollo psiquico y emocional, ok, y tal derecho se encuentra tutelado por tratados internacionales, ok
lo que le aconsejo hacer es promover MEDIOS DE APREMIO ante el JUEZ CIVIL que resolvio el juicio civil de guarda y custodia contra la actitud de su expareja de entregarle a su hijo que si bien si cae en delito pero no en el de retencion de menores sino en el de desobediencia y resistencia de particulares pero es requisito vital agotar los medios de apremio
por ultimo, le aconsejo busque en el codigo penal de su entidad el DELITO DE DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA DE PARTICULARES y contrate un buen abogado penalista en su ciudad,
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Autor
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AutorRespuesta No: 373317
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Enero de 2015 12:51 2015-01-26 12:51 desde IP: 189.151.15.86
GRACIAS POR CONTESTARME PERMALINK, resulta que no puedo pagar un abogado por lo que actualmente mi asunto lo lleva la defensora de oficio, sin embargo aun cuando en el procedimeinto que le consultaba tenia la guarda custodia provisonal, mismo que actualmente esta en apelacion, no obstante mi expareja tramito un nuevo juicio juicio de guarda custodia, raclamando unicamente a mi menor hijo que me arrebato, damanda que fue aceptada en el mismo juzgado que tramita el exp. 941/2014, asi que cuando me presente para hacer lo que ustedes gentilmente me recomendaron, me informaron que habia una nueva diligencia, misma que en ese momento me notificaron, junto a la defensora de oficio, diligencia en la cual al preguntarle a mi pequeño hijo, este logicamente dijo que se quedaba con su papa, pues han tenido dias para aconsejarlo, la verdad estoy sorprendida de la actuacion de este juzgado, pues yo pensaba que primero habia que terminar un procedimiento y luego iniciar otro, pues la apelacion esta pendiente, actualmente tengo que responder la nueva demanda, asi que mi pregunta es ¿ en que sentido contesto?, o quien recurro o que hago.... ayudenme, son los unicos en quein confio
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AutorRespuesta No: 373450
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Enero de 2015 11:14 2015-01-28 11:14 desde IP: 189.190.25.133
estimada Sonia
un servidor es su amigo Pasante ok de la Ciudad de Xalapa, Ver., ok y no permalink ok
que le puedo decir señora sonia, mmmm le cuento hay cosas raras que he visto en mi experiencia profesional pero lo de su expareja de iniciar un nuevo juicio civil de guarda y custodia es super raro, ok,
siguiendo bajo este mismo renglon, un servidor ha visto juicios donde la actora demanda guarda y custodia y el demandado contesta y reconviene (contrademanda) a la actora guarda y custodia, ok, obviamente aqui en xalapa, y tal postura de ambas partes involucradas es para que la sentencia sea congruente con todo lo solicitado, nunca una sentencia sera incongruente, ok,
pero eso de iniciar un nuevo juicio de guarda y custodia es totalmente fuera de lugar, porque ya hay un juicio que va paso tortuga pero ahi va, segun mi perspectiva, ok
por lo que desde mi punto de vista, el juez civil tuvo que desechar esa nueva demanda de guarda y custodia de su expareja, ok, y peor aun para su expareja, porque el recurrio la resolucion de guarda y custodia provisional con apelacion, tal como lo refiere en su consulta,
o puede que tal vez Usted consultante este confundida y se trate de un incidente de perdida de guarda y custodia y respecto a esto, usted tambien podria defenderse, ok
y en el caso que si sea un nuevo juicio el de su expareja contra usted, conteste la demanda y hagale saber al juez civil que NADIE PUEDE SER JUZGADO 2 VECES POR LOS MISMOS HECHOS (GARANTIA INDIVIDUAL) y bajo ese argumento pida se deseche la demanda, ok
pero de contemplar la figura de la acumulacion el codigo civil de su entidad el juez civil puede acumular la nueva demanda al juicio iniciado por usted para que ambos se resuelvan en una misma sentencia
pero en esta hipotesis, la ley civil de su entidad tiene que establecer terminos para que un juicio se acumule al otro, y en caso que estuviera fuera de ese tiempo, el juez civil no tuvo porque admitir a tramite
o tambien otra hipotesis que puede darse es la ampliacion de la contestacion del demandado pero es lo mismo, la ley civil establece terminos y si esta fuera de tiempo tampoco tuvo que ser admitida,
sin perder de vista que el juicio iniciado por Usted consultante tal como lo refiere en sus ampliaciones de consulta señora sonia no ha concluido puesto que apenas esta en la guarda y custodia provisional, ok
le aconsejo que usted se siga defendiendo en su juicio de guarda y custodia, y busque en las universidades publicas luego hay buffetes juridicos gratuitos obviamente para la gente que es de escasos recursos, acuda a alguna y pida informes, ok
y respecto a los defensores de oficio, me guardo mis comentarios, ok,
y por ultimo usted consultante no refiere la edad de su hijo, ok,
le proporciono mi email pasante30,
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