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LIQUIDACIóN EMPLEADA DOMéSTICA
- Consulta : 251072
- Autor : leticiafloresfarfan_NR
- Publicado : Domingo 21 de Diciembre de 2014 19:45 desde la IP: 189.146.250.77
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 21 de Diciembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 371846
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Diciembre de 2014 20:26 2014-12-21 20:26 desde IP: 189.211.135.22
Debe liquidarla pagándole las siguientes prestaciones:
3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional;
12 días de salario por cada año de servicios por concepto de prima de antigüedad, prestación que se paga con un salario equivalente a 2 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal (67.29 por 2);
Vacaciones y prima vacacional correspondientes al vigésimo año de servicios;
Aguinaldo 2014.
Salarios devengados a la fecha del despido.
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