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DESPIDO SERVICIO DOMESTICO

  • Consulta : 250588
  • Autor : verotorres.71_NR
  • Publicado : Lunes 15 de Diciembre de 2014 11:26 desde la IP: 189.139.145.205
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,124
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  • Autor
    Consulta

  • verotorres.71_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Hola, tengo una persona que trabaja en mi casa como servicio doméstico 3 veces por semana en un horario de 9 a 4 pm y esta por cumplir conmigo 3 meses, no estoy contenta con su trabajo y le voy a dar las gracias. Cuanto estoy obligada a pagarle según la ley?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 371458

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Tendrá que liquidarla en los términos de la Ley Federal del Trabajo con 3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional; 3 días de salario por concepto de prima de antigüedad, de acuerdo al tiempo que tiene trabajado; 1.5 días de salario por concepto de vacaciones, más el 25% de la cantidad que resulte, por la prima vacacional y 3.75 días de salario por concepto de aguinaldo.

    Lo anterior, debido a que expresamente la Ley Federal del Trabajo reglamenta, en los artículos 331 a 343 el servicio doméstico, por lo que tienen el carácter de trabajadores para los efectos de dicho ordenamiento legal.



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