- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
DEMANDA
- Consulta : 248547
- Autor : erochagzz_NR
- Publicado : Jueves 20 de Noviembre de 2014 08:43 desde la IP: 187.161.120.8
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,128
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 20 de Noviembre de 2014
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 370245
-
Fecha de respuesta: Jueves 20 de Noviembre de 2014 14:13 2014-11-20 14:13 desde IP: 159.16.237.30
Buenas tardes, no especifica ningun dato para apoyarle, sin embargo, le comento, toda demanda por deudas por ejemplo o por asuntos de caracter civil le deben ser notificadas en su domicilio, en el caso de que haya firmado algun pagaré y tenga bienes a su nombre como una casa o algun bien inmueble, le podrán requerir el pago y en su caso embargar esos bienes o bienews muebles de su domicilio, para eso, deberá al momento de recibir alguna demanda hacerse asistir de un abogado para que conteste la demanda y este presente en el momento del embargo.
Si no tiene deudas o no ha recibido notificaciones de demanda entonces no tiene de que preocuparse.
En el caso de que haya tenido algun conflicto en la via penal, deberá recibir un citatorio para que acuda a conciliar en el Ministerio Publico, de no ser así, puede promover un amparo indirecto en la via penal a traves de un abogado en materia penal para que se entere si existe algun proceso en su contra o no.
-
Autor





