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ME PUEDEN DESPEDIR POR DECIR GROSERíAS NO DIRECTAS AL CLIENTE?
- Consulta : 247564
- Autor : viclalo
- Publicado : Lunes 10 de Noviembre de 2014 02:10 desde la IP: 187.145.235.255
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,082
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 10 de Noviembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 369681
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Noviembre de 2014 09:24 2014-11-10 09:24 desde IP: 189.211.135.22
El artículo 47, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo previene como causal de rescisión de contrato sin responsabilidad para el patrón, que el trabajador incurra, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, o en contra de clientes y proveedores del patrón, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia.
Luego entonces, si se encontraba en comunicación con el cliente y profirió esa expresión, evidentemente se condujo con esa conducta indebida, y en todo caso, usted tendría que demostrar (lo que sinceramente considero poco probable que pueda lograr, pues tenía abierta la comunicación con el cliente, lo que significa que lo que usted expresaba era dirigido a él), que no lo hizo con ánimo de un maltrato.
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Autor
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AutorRespuesta No: 369687
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Noviembre de 2014 10:39 2014-11-10 10:39 desde IP: 187.145.127.153
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AutorRespuesta No: 369688
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Noviembre de 2014 10:44 2014-11-10 10:44 desde IP: 187.195.151.119
No es justificable si lo hacen no firmes ningun documento y demanda la resitalación del empleo
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