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PUEDO REGISTRAR SOLA A MI BEBE

  • Consulta : 247030
  • Autor : anitamora_2302_NR
  • Publicado : Martes 04 de Noviembre de 2014 11:55 desde la IP: 189.188.69.149
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,073
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  • Autor
    Consulta

  • anitamora_2302_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz
    Buenas tarde m comunico de Cordoba ver, mi problema es q el papá de mi bb me abandono desde q tenía 4 meses de embarazo y nunk m dio nada de dinero y su familia dice q no viene es por trabajo q no esta presente pero el vive con otra muchacha y su hija . Lo q kiero saber es como proceder si registro a mi bb yo sola el puede tomar represalias contra mi o alguna demanda por no avisarle nunk vivimos juntos pero por mensajes de texto y al presentarse a mi ksa diciendo kerer casarse y formar una familia conmigo porfavor ayúdame no se que hacer porque si pido le sino el tendrá derechos sobre mi bb cuando nunk lo ha querido pero también necesito que me ayude ya q todo mi en ataxia ha sido de riesgo y ahorita al cabo de 8 meses sigo en reposo absoluto y no se sabe cuanto tiempo después de la cesárea tendré q seguir así ya q mi matriz esta muy debil

     

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  • Autor
    Respuesta No: 369434

  • Rosario Navarro
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lo prudente es que una vez que nazca su bebé inicie un juicio de reconocimiento de paternidad, en el Juzgado de lo Familiar o Juzgado Civil de Veracruz hay defensores de oficio que la sistiran y representaran gratuitamente para que el padre reconozca a su bebe, ya que no es porque él se enoje si no lo registra o lo registra a su nombre, sino que aui lo que se busca es salvaguardar los derechos de su bebe, y al tener el apellido de él, eso le dará derechos derivados del nombre como son a alimentos, a heredar,,,,tendra que llevarse a cabo una pecicial en ADN a la cual deberá acceder el padre o de lo contrario se tendra por presuntivamente cierta la paternidad; al momento de que se emita el acta de nacimiento con el apellido del padre, usted podrá reclamar a nombre de su hijo una pension alimenticia la cual es irrenunciable, es decir, que aunque usted no la quiera, es derecho de su bebe y usted no puede coartarle su derecho a llevar el apellido del padre y a reclamarle alimentos y en su caso, herencia.

    En caso de que una vez decretado el reconocimiento de paternidad, no tuviera acceso al padre para reclamarle alimentos, podrá reclamarlos por la via legal a sus progenitores de él.

    No deje las cosas asi, por el bien de su bebe, asi como lo procreó debe responder y es una gran bendicion para usted, usted saldrá adelnate con su bebé pero dele la oportunidad de desarrollarse bien y si cuenta con el apoyo economico aunque sea a la fuerza del padre es mejor, pro lo menos hasta que tenga 18 años o termine su carrera.

    Mucha suerte!!!



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