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EMBARGO LABORAL
- Consulta : 246564
- Autor : verdelimonagrio93_NR
- Publicado : Miércoles 29 de Octubre de 2014 18:29 desde la IP: 201.172.184.53
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,114
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 29 de Octubre de 2014
Estado de Referencia: Nuevo León
Buenas tardes, tengo una duda, mi papá puso una demanda en contra de la empresa en la que trabajaba hace 2 años, ya estan en etapa de embargo,pero queremos saber que procede, ya el actuario fue a la empresa y le dieron fecha para noviembre, Que es lo que sigue? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 369172
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Fecha de respuesta: Miércoles 29 de Octubre de 2014 18:47 2014-10-29 18:47 desde IP: 189.211.135.22
Fecha para que?
Si el en acto de la diligencia, la empresa no da cumplimiento y paga en el acto mismo las cantidades a que resultó condenada, en esa misma diligencia se procede a llevar a cabo el embargo de bienes, y en su caso, el secuestro, para que de inmediato se proceda a su valuación a efecto de llevarlos a remate, y si se trata de inmuebles, para que se gire el Oficio correspondiente al Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
Obviamente su papá está asistido de un abogado; él está obligado a aclararle todas las dudas e inquietudes que tenga su padre, pues también los honorarios que va a cobrar lo obligan a hacerlo.
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