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P. JUDICIAL NO CONTENCIOSO APLICA A RESCISION DE COMPRAVENTA?
- Consulta : 245725
- Autor : miston
- Publicado : Martes 21 de Octubre de 2014 15:08 desde la IP: 201.157.85.205
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,131
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 21 de Octubre de 2014
Buena tarde, la duda es si por medio del PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO SE PUESE SOLICITAR SE LE NOTIFIQUE A ALGUIEN LA REVOCACION DE UN C. DE COMPRAVENTA Y AL MUNICIPIO CANCELAR REGISTROS A NOMBRE DE LA PERSONA QUE HIZO PAGOS CATASTRALES, PERO NO PAGO EL PREDIO, EL COMPRADOR ESTA DE ACUERDO, SALUDOS.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 368695
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Octubre de 2014 22:09 2014-10-21 22:09 desde IP: 201.157.85.205
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AutorRespuesta No: 368702
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Octubre de 2014 22:27 2014-10-21 22:27 desde IP: 189.217.0.14
¿Y quién sentenció la revocación del contrato? Es muy común que se piense que porque en un contrato se establece en una cláusula la rescisión de un contrato por tal situación y que ésta situación es "automática" se crea que basta con notificarle o peor aún hacerse justicia porp por propia mano. En la ciencia del derecho no existe nada automático y los particulares no pueden estar por encima de la Constitución ya que se trata de derechos irrenunciables. Por lo que no es procedente notificar la rescisión de un contrato si no ha sido oido ni vencido en juicio y toda vez que como su denominación lo establece, el procedimiento judicial no contencioso implica que no existe contienda, y una rescisión si lo es.
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AutorRespuesta No: 368703
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Octubre de 2014 22:31 2014-10-21 22:31 desde IP: 189.217.0.14
El Procedimiento Judicial no Contencioso, mal llamado Jurisdicción Voluntaria y peor rebusnado Jurisvol, sólo es útil si se busca poner en mora al comprador si en el contrato de compraventa no se señaló lugar de pago.
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Autor
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AutorRespuesta No: 368706
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Octubre de 2014 22:47 2014-10-21 22:47 desde IP: 201.157.85.205
Primero que nada gracias por la respuesta, nadie ha sentenciado al respecto, pero crei que como el comprador estaba de acuerdo no teniamos por que contender, ni que vencer a nadie, solo solicitarle al Juez que decrete la misma para que tenga efectos ante terceros, de hecho solo es para que cambien al titular en el catastro municipal, aunque tal asiento se supone que no otorga derechos, tomare muy en cuenta las palabras esperando mas puntos de vista, o algo para saber mas.
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AutorRespuesta No: 368717
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Octubre de 2014 00:42 2014-10-22 00:42 desde IP: 201.157.85.205
No se señalo lugar de pago, pero encima dice que se pagara al acto, supongo por tanto que es el mismo que donde se firmo el contrato, lo cual lo pone a mi criterio mas complicado, pero seguire indagando, aunque tengo muchas ganas de ingresarla y preparar un recurso de queja cuando no se admita, que opina licn? podria no hacerlo pero he visto aberraciones y eso me motiva, ademas es por ahorro procesal no cree?
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AutorRespuesta No: 368774
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Octubre de 2014 14:24 2014-10-22 14:24 desde IP: 201.157.85.205
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AutorRespuesta No: 368856
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Octubre de 2014 18:11 2014-10-23 18:11 desde IP: 201.157.85.205
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