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RENUNCIA JUSTIFICADA
- Consulta : 245315
- Autor : nr_NR
- Publicado : Viernes 17 de Octubre de 2014 10:26 desde la IP: 189.209.40.210
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,128
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 17 de Octubre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 368254
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Octubre de 2014 11:19 2014-10-17 11:19 desde IP: 189.211.135.22
En su consulta usted omite TODA la información necesaria para aclarar su duda.
No señala su antigüedad en el empleo, y tampoco indica si los certificados de incapacidad se los expidieron como consecuencia de un riesgo de trabajo, una enfermedad profesional o enfermedad general; ni precisa cuando disfrutó su último período vacacional
La regla general es que, si usted renuncia, solamente tendrá derecho al pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales, y sólo en caso que tenga más de 15 años de antigüedad, también le correspondería la prima de antigüedad.
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