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¿COMO PROCEDO ANTE UN FRAUDE DE MI CASA ?
- Consulta : 244930
- Autor : dalia_ivonne_NR
- Publicado : Martes 14 de Octubre de 2014 09:21 desde la IP: 148.244.85.67
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,131
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 14 de Octubre de 2014
Estado de Referencia: Nuevo León
Hola, Mi duda es la siguiente hace 10 años mis papas compraron una casa por medio de un traspaso, pagaron una cantidad, y actualmente siguen pagando a la hipotecaria, el problema es que el año pasado acudio un acturio a nuestro domicilio señalando que la casa se encontraba para embargo, que los dueños anteriores la dejaron como en garantia por la compra de unos carros y actualmente se encuentra en juicio la casa, desde el 2005 . Nunca se hizo el cambio de propietario debido a que la casa a un no se terminaba de pagar msi papas cuenta con un contrato de promesa de venta mas no de compra venta. y ahora no sabemos que hacer. Y los dueños no los localizamos. Me pueden ayudar a orientarme que es lo que debo hacer o como se procede. Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 367961
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Fecha de respuesta: Martes 14 de Octubre de 2014 09:41 2014-10-14 09:41 desde IP: 187.170.124.166
dalia_ivonne:
Usted presenta el problema del niño ahogado y ahora quiere tapar el pozo.
En efecto, cuando existe un acreedor y el deudor pretende vender o de cualquier manera transmitir sus bienes que son objeto del crédito y/o que garantizan al crédito, es imprescindible que el acreedor otorgue su autorización para la cesión de la deuda, así está establecido en el Código Civil, y además, está previsto que la falta de tal autorización anula la transmisión de la deuda.
Francamente le manifiesto que en el caso de usted, se omitió la obtención de la autorización para la cesión de la deuda que debía otorgar el acreedor (Banco ó Hipotecaria), así que ahora se pagan las consecuencias y, como resultado, perderá no sólo unos centavos, sino muchísimos pesos, pues el contrato de promesa de compraventa es nulo, y ni siquiera se puede proceder en contra de la parte vendedora por el fraude cometido, pues por una parte la compradora también cometió fraude (contra el acreedor hipotecario), y además el delito ya está prescrito por el tiempo transcurrido.
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