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CONSULTA LABORAL

  • Consulta : 244831
  • Autor : machopec_cristian_NR
  • Publicado : Lunes 13 de Octubre de 2014 13:03 desde la IP: 177.232.70.217
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,108
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  • Autor
    Consulta

  • machopec_cristian_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    el pasado viernes fui despedido de mi empleo ahora que debo hacer para demandar por despido injustificado

     

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  • Autor
    Respuesta No: 367923

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Y por cuanto $$ lo quiere demandar????...por que si es por unos cuantos pesos, el abogado le quita la mitad y queda usted con "antecedentes" laborales en Conciliacion y Arbitraje y luego regresa a este foro a preguntar si esta "boletinado" por que no le dan trabajo....asi es, no les dan trabajo!.....pero si la demanda seria para hasta poner un negocio con local propio, con equipos y maquinas, empleados, ventas millonarias, flotilla de camiones , etc...entonces al menos valdria la pena.....



  • Autor
    Respuesta No: 367925

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    elizh80

    Saludos, no es la cantidad de dinero es el derecho que le asiste al trabajador para demandar al patrón por el despido injustificado y tiene como opción el acudir a la PROFEDET  a que de amnera gratuita le asignen un abogado de manera gratuita. 



  • Autor
    Respuesta No: 367927

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Haga caso omiso de lo que, carente de todo fundamento jurídico y sentido común manifiesta elizh80.

    Primero, si usted fue despedido injustrificadamente, lo que debe hacer, antes de que transcurran 2 meses, a partir del día del despido, presentar su demanda reclamando el pago de la indemnización constitucionao (3 meses de salario); prima de antigüedad (12 dpias por cada año de servicios, con el límite del salario equivalente a 2 mínimos generales); vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y cualquier otra prestación a la que tenga derecho, así como los salarios cídos hasta por un año, y si en ese lapso no concluye el juicio o el patrón no ha dado cumpliiento al laudo, a partir del año, a un intereées del 2% mensual sobre la cantidad que resulte de 15 meses de salario; intereses que se capitalizarán mensualmente.

    Segundo. es inexacto que los abogados particulares le cobren el 50% de lo que cobre al concluiir todo el procedimiento; normalmente, los honorarios del abogado son del 30%; pero además, si no cuenta con recursos para pagarlos, que evidentemente esos recursos los tendrá al cobrar las cantidades a que se condene alpatrón, tiene la opción de acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde le asignarán a un abogado de ofici gratuito, con el inconveniente que por las cargas de trabajo que tienen, los juicios que levan demoran mucho, ya que no tienen interés en cuándo pueda cobrar el trabajador, pues ellos tienen u salario asegurado; en tanto que el abogado particular, tiene interés en que termine el asunto lo más pronto, pues sólo podrá cobrar hasta que el trabajador lo haga,

    Tercero, tampoco puede generalizarse respecto que los patrones que son demandados boletinen a los trabajadores; salvo honrosas excepciones, no lo hacen; elproblema es que es el propio trabajador quien, al solicitar otro trabajo, incluye dentro de los referencias al patrón que lo despidió, y al verificar la empresa contratante esas referencias, le informan que usted demadó; pero además, debo decirle que la Ley Federal del Trabajo contempla para los patrones que boletinan a los trabajadores (es decir, que los ponen en el índice), multas de hasta 5,000 días de salario, por lo que si usted tuviera la sospencha que lo hicieron, también puede presentar su queja y si se comprueba que efectivamente lo incluyeron en algún buró laboral, impondrán lamulta y obligarán a que se borren esos antecedentes por estar prohibidos.



  • Autor
    Respuesta No: 367935

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola

    Estimados ABOMAU68 y RaulCadena.

    No tengo ninguna duda en las respuestas, pero con el debido respeto comento lo que en un inicio opine y ahora opino:

    Desde luego que no es el dinero, es simple y sencillamente una valoracion que debe hacer el consultante si vale la pena la demanda, ya que si bien es cierto la demanda es por un justo finiquito de ley, tambien lo es la valoracion a que pueda negociar su liquidacion y carta de recomendacion.

    Desde luego que la mayoria de empresas, y mas hoy en dia por la situacion que el Pais viene viviendo,  los reclutadores y patrones empleadores son cautelosos y consultan ante las juntas locales para verificar ai candidato si ha presentado demandas anteriores, motivo por el cual es la "mala" referencia y son rechazados o no contratados...esto es real, al igual sucede con los afiliados a las Camaras.....a ello hay que sumarle a lo que señala RaulCadena, en el sentido de que al solicitar referencias al antiguo patron, es ahi donde no se dan buenas referencias....

    A la "larga" es mejor contar con referencias buenas, que "malas"....por que por unos, digamos por ejemplo, 150 o 200 mil pesos que gane ahorita, pierde oportunidades de trabajo (y buenos) por siempre, ya que las demandas laborales son parecidos a los antecedentes penales....(satanizasos!)

    Por eso.... insisto en opinar que valore negociar un finiquito y carta de recomendacion, a una demanda laboral.

    Saludos.

     



  • Autor
    Respuesta No: 367936

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Correccion...es...satanizados!  

     

    P.D.  

    En  NUESTRA COLUMNA DE HOY (parte superior derecha de esta pagina), pueden leer el articulo donde se muestra alguna de las artimañas de los Patrones, de los cobros de abogados "estratosfericos" y las malas referencias creadas a los trabajadores......

     

    Saludos nuevamente.



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