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COBRO DE CAPACITACION
- Consulta : 244042
- Autor : avazquez_NR
- Publicado : Lunes 06 de Octubre de 2014 11:51 desde la IP: 189.161.158.242
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,131
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 06 de Octubre de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen dìa actualmente laboro en una consultorìa, el representante legal de esta desea que se elabore una carta compromiso donde los integrantes del equipo paguen el monto de capacitaciones recibidas si estos dejan de laborar en la empresa, esto legalmente se puede???? y còmo se procede.... Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 367270
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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Octubre de 2014 13:42 2014-10-06 13:42 desde IP: 189.211.135.22
No, no es legal, en virtud de que es obligación del patrón proporcionar capacitación y adiestramento a todos los trabajadores (artículo 132, fracción XV de la Ley Federal del Trabajo), enseñanza que, además, conforma uno de los elementos del trabajo digno, sin que exista disposición legal alguna que faculte al patrón a cobrar a los trabajadores el costo de ese aprendizaje, ni aun en el caso que no la concluyan por dejar de laborar en la empresa.
Adicionalmente debo decirle que, la carta compromiso que pretende la empresa firmen los trabajadores, constituye una renuncia del empleado a los derechos y prerrogativas que a su favor concede la Ley Federal del Trabajo, por lo que aun firmando el documento, tal compromiso es nulo de pleno derecho y, por tanto, no suerte ningún efecto legal,tal como lo previene el numeral 5o, fracciónXII, delpropio Código Laboral.
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