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RETIRO POR ANTIGUEDAD
- Consulta : 243918
- Autor : jbocanegra53_NR
- Publicado : Sábado 04 de Octubre de 2014 15:35 desde la IP: 189.253.89.144
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,129
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 04 de Octubre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 367178
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Fecha de respuesta: Sábado 04 de Octubre de 2014 16:18 2014-10-04 16:18 desde IP: 189.211.135.22
Si usted renuncia voluntariamente al trabajo, solamente tiene derecho al pago de la prima de antigüedad, que consiste en 12 días de salario por cada año de servicios, prestación que se paga considerando un salario máximo equivalente a 2 veces el salario mínimo general; adicionalmente, el pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales.
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