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ES LEGAL EL MATRIMONIO DE MI MAMA?

  • Consulta : 243291
  • Autor : leticiapd_NR
  • Publicado : Lunes 29 de Septiembre de 2014 10:22 desde la IP: 201.110.105.111
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,113
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  • Autor
    Consulta

  • leticiapd_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

    Saludos.

    Mi madre contrajo matrimonio hace mas de 30 años con mi padre que estaba aun casado con su primera esposa que tenia una enfermedad grave que la llevo a la muerte año y medio despues de mis padres se casaron, cabe mencionar que mi madre tenia conocimiento de esta situacion, entonces quisiera saber si el matrimonio de mi mama es legal o no ya que se casaron por bienes mancomunados y mi padre acaba de fallecer y murio intestado y con su primera esposa tuvo 9 hijos, ellos pueden iniciar algun juicio para anular el  matrimonio de mi mama. De antemano muchas gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 366688

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola.

    EN EFECTO.... equivocadamente se piensa que un matrimonio se anula automaticamente por el transcurso del tiempo pero esto es FALSO DE TODA FALSEDAD.

    El matrimonio de su señora madre estuvo desde el principio afectado de NULIDAD solamente que la ley señala que éste surte efectos hasta que dicha nulidad sea decretada por un Juez. Como en el particular que nos ocupa, nunca se ha pronunciado un Juez sobre dicha nulidad el matrimonio de su señora madre SURTE EFECTOS hasta que alguien (Solamente puede hacerlo parte legitima, esto es la otra esposa, hijos de aquella o esta relacion, su señora madre) acuda ante un Juez a solicitar la nulidad.

    Que debe hacer? ... su señora madre debe iniciar el Juicio Sucesorio Intestamentario... ella que actue natural, como si nunca hubiere sabido de la existencia de aquel matrimonio. Acude con el Juez aportando el acta de matrimonio celebrado entre su madre y su difunto padre, acta de nacimiento de ustedes y listo..... como el Juicio sucesorio es ERGA OMNES esto es, para todos las personas que se sientan con derecho a heredar, el juez ordenará se publique en el diario de mayor circulacion unos edictos que convocará a interesados a dicho juicio sucesorio... 

    Si los hijos de la otra pareja se percatan y acuden a Juicio... pues ya...tendrán que partir la herencia en cuantos hijos haya tenido.... si pese a la publicación... NADIE COMPARECE entonces unicamente ustedes tendrán derecho a dicha herencia y se repartirá entre ustedes.

    Mi sugerencia sería... si se adjudican los bienes unicamente entre ustedes.... y hay bienes inmuebles... VENDAN a un tio de usted (Hermano de su mama) a su esposa de usted etc etc .... para efecto de proteger los bienes como compradores de buna fe.

    Saludos



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