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CONTADOR PUBLICO
- Consulta : 242754
- Autor : arielfg17_NR
- Publicado : Martes 23 de Septiembre de 2014 18:56 desde la IP: 189.253.64.169
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,123
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 23 de Septiembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 366307
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Septiembre de 2014 20:10 2014-09-23 20:10 desde IP: 201.141.79.49
Por su puesto que no, la Ley del Seguro Social prevee que solo se podrá en el caso de ser patrón persona físca que tenga trabajadores asegurados, por tal motivo no lo puede asegurar, el fundamento lo encuentra en el artículo 13 de la Ley antes descrita.
Saludos
Lic. y M.D. Ariel Reyes
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