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INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL
- Consulta : 241747
- Autor : jaleon64
- Publicado : Viernes 12 de Septiembre de 2014 16:03 desde la IP: 177.232.227.157
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,122
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 12 de Septiembre de 2014
Buenas tardes;
Sufri un accidente,me atropellaron,pero como venia del trabajo,me dieron incapacidad por trayecto, en diciembre cumplo el año, tengo entendido que a las 52 semanas el imss manda mi caso a la ofna de salud en el trabajo,pero si me llegasen a pensionar, mi pregunta es, si me llegan a incapacitar sigo percibiendo el 100% de mi ultimo salario reportado al imss? y donde encuentro fundamento?
De antemano agradezco su ayuda.
Saludos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 365658
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Fecha de respuesta: Sábado 13 de Septiembre de 2014 23:56 2014-09-13 23:56 desde IP: 189.134.167.42
Mientras dure la incapacidad por riesgo de trabajo se recibe el 100% del salario de cotización, esta efectivamente puede durar hasta 52 semanas.
En caso de IPP pueden pasar tres cosas:
Si la valuación que te haga el IMSS es hasta de un 25% te dan indemnización,
Si es mayor de 25 y hasta 50% tu eliges entre indemnización o pensión,
Si es mayor a 50% te darán pensión.
En caso de pensión por IPP esta es el porcentaje de valuación sonbre el 70% del SBC.
En caso de indemnización, se paga el equivalente a cinco anualidades de la pensión que correspondería.
En caso de IPT la pensión consistirá en el 70% de tu SBC.
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