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INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL

  • Consulta : 241747
  • Autor : jaleon64
  • Publicado : Viernes 12 de Septiembre de 2014 16:03 desde la IP: 177.232.227.157
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,122
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  • Autor
    Consulta

  • jaleon64
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes;

     Sufri un accidente,me atropellaron,pero como venia del trabajo,me dieron incapacidad por trayecto, en diciembre cumplo el año, tengo entendido que a las 52 semanas el imss manda mi caso a la ofna de salud en el trabajo,pero si me llegasen a pensionar, mi pregunta es, si me llegan a incapacitar sigo percibiendo el 100% de mi ultimo salario reportado al imss? y donde encuentro fundamento?

       De antemano agradezco su ayuda.

    Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 365658

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mientras dure la incapacidad por riesgo de trabajo se recibe el 100% del salario de cotización, esta efectivamente puede durar hasta 52 semanas.

     

    En caso de IPP pueden pasar tres cosas:

    Si la valuación que te haga el IMSS es hasta de un 25% te dan indemnización,

    Si es mayor de 25 y hasta 50% tu eliges entre indemnización o pensión,

    Si es mayor a 50% te darán pensión.

    En caso de pensión por IPP esta es el porcentaje de valuación sonbre el 70% del SBC.

    En caso de indemnización, se paga el equivalente a cinco anualidades de la pensión que correspondería.

     

    En caso de IPT la pensión consistirá en el 70% de tu SBC.



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