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QUE PUEDO HACER PARA CONSERVAR LA CASA DE MIS HIJOS

  • Consulta : 240845
  • Autor : fabilis2011_NR
  • Publicado : Jueves 04 de Septiembre de 2014 15:52 desde la IP: 189.248.171.37
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,132
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  • Autor
    Consulta

  • fabilis2011_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    BUEN DIA

    MI SITUACION ES LA SIG MI PAREJA EL PAPA DE MIS 2 HIJOS FALLECIO HACE 3 AÑOS EL YA HABIA ESTADO CASADO ANTES DE CONOCERME TUVO 2 HIJOS CON ESA PERSONA LA CASA DONDE VIVO ACTUALMENTE LA COMPRO CUANDO ESTABA CASADO CON ELLA, LO ABANDONO Y LE DEJO LA CASA ME JUNTE CON EL Y NOS FUIMOS A VIVIR A ESA CASA TENGO HAY EN ESA CASA YA 11 AÑOS EL MURE Y LA SEÑORA SE QUEDA CON EL SEGURO DE VIDA Y QUIERE LA CASA COMO LEPODRIA HACER PARA QUE MIS HIJOS NO PIERDAN SU CASA POR QUE EELOS YA ESTAN ACOSTUMBRADOS HAY ESPERO Y ME PUEDAN AYUDAR

     

    MUCHAS GRACIAS 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 364933

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Debe ampliar su consulta mencionando bajo que regimen contrajo nupcias el finado, por ejemplo: si fue bajo el regime´n de sociedad conyugal a la esposa del finado le corresponde el 50% por concepto de gananaciales y del 50% que en vida correspondia al hoy finado este una vez que se declarenb herederos los dos habidos en el matrimonio y sus dos hijos si estos fueron reconocidos ante el resgitro civil los cuatro herederan en partes iguales. Lo anterior para el caso de que el señor no hubiese otorgado testamento.

    En otro supuesto si el hoy finado contrajo nupcias bajo el regimén de separación de bienes la conyuge superstite si carece de bienes o bien teniendolos estos no alcanzan la porción que a un hijo corresponda esta heredera en la mismas porción que un hijo, es decir, la herencia se dividiria en partes iguales entre los cuatro hijos y la viuda, usted no tiene derecho a heredar. 

     

    Se debe tramitar el juicio sucesorio y quienes tengan derecho a heredar deberán de acreditar el parentesco con el finado.

    Respecto de la casa la única manera de que usted y sus hijos la conserven es que compre usted la parte que le corresponde a la viuda, reitero siempre y cuando el finado no hubiese otorgado testamento. 



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