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DEMANDA A COMPAñíA DE SEGUROS POR NEGATIVA DE REASEGURAR A PERSONA

  • Consulta : 239359
  • Autor : josedguco_NR
  • Publicado : Jueves 21 de Agosto de 2014 13:06 desde la IP: 189.155.39.171
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,153
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  • Autor
    Consulta

  • josedguco_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua

    Estimados señores,

    Desde noviembre de 2004 cuento con un seguro de gastos médicos mayores que ampara a toda mi familia. En junio de 2013 uno de mis hijos sufrió un siniestro que lo mantuvo en terapia intensiva durante 5 meses, requiriendo actualmente atención médica, y por ende el reembolso y pago de esos servicios en virtud de que no ha sanado del todo. Resulta que hoy la compañia de seguros argumentando que mi seguro era de grupo, ya no era posible reasegurar a mi hijo, debido a que referida póliza ya no existe, que la han convertido en póliza individual, y segregado a mi hijo, argumentando que por los daños que presenta a consecuencia del siniestro, ya no es posible asegurarlo. El hecho me parece doloso, puesto que referido seguro fue liquidado durante todos los años ya mecionados, sintiendo que la compañía con la intención de no pagar la totalidad de los gastos hasta que mi hijo esté bien, recurren a ésta medida lesiba de mis intereses, y sobre todo evasiva de su responsabilidad.

    ¿Sólo ante condusef puedo y debo demandar a esta compañia? ¿Que otra opción conisderan viable en éste caso?

    Sin otro particular, agradezco sus gentiles atenciones.

    A t e n t a m e n t e:

    José D. Gutiérrez

     

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  • Autor
    Respuesta No: 363556

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Verifique en su contrato los terminos y condiciones, plazos y vigencia del mismo, pagos puntuales, etc....si todo esta vigente y nunca le notificaron o renovaron el contrato, este es ilegal y puede demandarlo en la via civil el incumplimiento del mismo....requiere de la asesoria y asistencia PERSONAL de un Abogado Especialista en Materia Civil/Mercantil para que atienda su situacion.



  • Autor
    Respuesta No: 363562

  • Venvichi
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Apreciable José D. Gutiérrez

    Para proporcionarle una precisa consulta es necesario que su relato abarque las respuestas a los siguientes cuestionamientos: Creo entender que el siniestro ya fue objeto de reembolso y que requiere que la compañia asuma los gastos y servicios médicos presentes.

    ¿Ya se agotó el monto de la cobertura?

    ¿se previene en la póliza una ampliación de cobertura de la misma?

    ¿El conflicto se particulariza en la existencia/inexistencia de secuelas del siniestro?  

    ¿El presunto cambio de póliza y la exclusión del beneficiario le fue comunicada por escrito?

    El contrato de seguro del 2013 es el que responde del siniestro, aun y cuando se eroguen gastos en 2014, por lo que no tiene injerencia al asunto la póliza de 2014 (de haberse contratado).

    La CONDUSEF constituye un auxilio para el asegurado o beneficiario, tiene dos rutas, una la conciliación del asunto, la segunda, el procedimiento de sanción para la institucion de seguros, en caso de incumplimiento.

    Lo mejor de la condusef es que: a) puede ordenar una reserva de la cantidad dineraria reclamada; b) puede emitir un dictamen al solicitante sobre la procedencia o no, de la reclamación , mismo que de ser favorable, es vinculante en un posterior juicio ordinario mercantil, que comprende además de la pretensión del pago reclamado se reclama una serie de accesorios financieros que finalmente actualizan (UDIS) el dinero

    Existen nuchos abogados especialistas en seguros, los que podrá buscar, una vez que la CONDUSEF resuelva. 

    Toda institución de seguros autoriza o niega el reembolso a través de su oficina de "siniestros" busque entablar comunicación con su titular para obtener una explicación más amplia y en su caso una solución; y hágales saber y notar, que finlamente usted es el CLIENTE y se le debe al menos, la información suficiente.

    En todo caso, puede quejarse en la COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS a través de su Vicepresidencia Jurídica.

    Espero que esta información le sea de utilidad. Saludos



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