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SE PUEDE DEMANDAR PENSIóN ALIMENTICIA DESPUES DE 20 AñOS
- Consulta : 239333
- Autor : xanath
- Publicado : Jueves 21 de Agosto de 2014 11:03 desde la IP: 201.157.31.207
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,141
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 21 de Agosto de 2014
Buenos días, tengo una amiga que tiene 62 años que se divorció hace mas de 20 años, tuvo 4 hijos, ella no terminó la primaria y su esposo se aprovechó de su ignorancia y nunca le dió pensión, únicamente le pagaba la renta de un pequeño departamento para ella y sus cuatro hijos, el marido la engañó con otra mujer y en cuanto se divorció se casó con ella y tiene dos hijos que estan estudiando, quedó viudo y a mi amiga le fue muy mal , tres de sus hijos ya estan casados y el hijo que le quedaba de 28 años se acaba de ir a vivir con su papá ahora que enviudó y ya ni la renta del cuarto donde vive le quiere pagar el ex esposo.Los hijos de mi amiga son muy pobres y no pueden ayudarla, ella tiene cancer y no tiene ni atención médica ni donde vivir, prácticamente está en la calle, su ex esposo ahora ya es jubilado de pemex, mi duda es si se puede lograr que el ex esposo le de pensión, aunque nunca le haya dado?
Agradezco sus amables respuestas.
Saludos Cordiales.
Xanath
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 363452
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Agosto de 2014 11:18 2014-08-21 11:18 desde IP: 189.179.132.23
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AutorRespuesta No: 363461
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Agosto de 2014 12:02 2014-08-21 12:02 desde IP: 189.211.135.22
Lamentablemente, su amiga no puede reclamar el pago de ninguna pensión, dado que al disolverse el vínculo matrimonial, el ex-cónyuge dejó de tener obligación de darle alimentos.
Lo que debe hacer es, asistida de un abogado especialista en Derecho Laboral, demandar a los hijos por el pago de la pensión de alimentos, dado que ellos si están obligados a proporcionárselos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 363468
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Agosto de 2014 12:21 2014-08-21 12:21 desde IP: 201.157.31.207
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AutorRespuesta No: 363485
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Agosto de 2014 18:02 2014-08-21 18:02 desde IP: 187.134.252.235
Esta caso no se ve fácil, pero no deje de acudir personalmente a asesoría con un abogado, o incluso si le es posible con más.
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