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INCAPACIDAD RIESGO DE TRABAJO

  • Consulta : 239328
  • Autor : Alfred0
  • Publicado : Jueves 21 de Agosto de 2014 10:29 desde la IP: 187.210.56.34
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,128
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  • Autor
    Consulta

  • Alfred0
    USUARIO REGISTRADO

    Buen día,

    Por medio del presente les envio un cordial saludo y a su vez aprovecho para poder realizar una consulta;

    Recibi un perido de incapacidad de riesgo de trabajo de 10 días los cuales cubrira el IMMS, por lo que solo labore 5 días de la quincena mi empresa me esta descontando parte proporcional del 7 día(día de descanso). ¿Esto es correcto?

    Sin otro particular me pongo a sus órdenes.

     

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 363464

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, es correcto, dado que usted solamente laboró 5 días, por lo que generó el derecho alpago del séptimo día proporcional a los que trabajó.

    El Seguro Social, a través del subsidio que le cubrirá, le pagará los 10 días restantes de la quincena, considerando como salario aquél con el que se encuentra inscrita; de esa forma, usted finalmente recibirá el pago de los 15 días de la quincena.



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