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PENSION POR PARTE DE LOS ABUELOS

  • Consulta : 238559
  • Autor : dk_links_NR
  • Publicado : Lunes 11 de Agosto de 2014 14:32 desde la IP: 187.189.172.80
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,134
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  • Autor
    Consulta

  • dk_links_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    hola buenas. mi duda descansa en lo siguiente: los padre de mi ex esposa me estan pidiendo un regimen de visitas y convivencia. ya que mi esposa fallecio mi duda es aque si existe la posibilidad de yo poder pedirles pension alimenticia a mis suegros debido a que la conivencia es nu derecho y por lo tanto debe nacer una obligacion. mi duda es puedo pedirla y en que fundamento. 

    saludos ¡¡¡

     

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  • Autor
    Respuesta No: 362766

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La obligación de ministrar alimentos es del PADRE y excepcionalmente de la madre cuando esta trabaja. 

     

    Si Usted estuviere incapacitado (Cuadraplejico por ejemplo) y no tiene para darle alimentos al menor entonces SI PUEDE demandarle alimentos a los tios a los abuelos inclusive.

    Pero si usted labora y solo desea pedir alimentos para inhibir la convivencia con ellos ... temo decirle que NO HABRA NINGUN JUEZ que conceda la pension aunque pues puede intentarlo si gusta

    Saludos



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