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RENUNCIA VOLUNTARIA 17 AñOS DE TRABAJO SALARIO DIARIO385.71
- Consulta : 237814
- Autor : berthareyes75_NR
- Publicado : Viernes 01 de Agosto de 2014 16:19 desde la IP: 38.111.129.34
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 01 de Agosto de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 362135
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Agosto de 2014 16:28 2014-08-01 16:28 desde IP: 189.211.135.22
Si usted renuncia voluntariamente, no tiene derecho a ninguna liquidación, ya que quien estará dando por terminada la relación laboral es usted, y no el patrón.
Consentemente, sólo le corresponde in finiquito que comprende:
Prima de angiüedad, a razón de 12 días de salario por cada año de servicios prestados, la que se paga no con su salario real, sino con el equivalente a 2 veces el salario mínimo general vigente en el área geográfica en que esté prestando sus servicios, así como las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, además del sueldo y prestaciones ordinarias devengadas a la fecha de la renuncia.
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