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VISITAS VIGILADAS
- Consulta : 237512
- Autor : jose.ontiveros_NR
- Publicado : Miércoles 30 de Julio de 2014 01:55 desde la IP: 200.76.91.156
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,113
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 30 de Julio de 2014
Estado de Referencia: Nuevo León
Hola
Soy un hombre que desde niño a trabajado y mis padres me enseñaron que uno deve de ser responsable de sus actos y siempre e cumplido economicamente como papa, tengo mas de 5 años que no vivo con la mama de mis hijos, pago una pencion de un 30% de mis ingresos integrados, esto me deja una quinsesna de 800 pesos, e tratado de divorciarme de ella desde entonses y no lo e podido lograr ya que por el rango de salario que tengo no puedo disponer de servicios gratuitos de abogados, vendi mi carro y pague a un seudo abogado que solo me quito el poco dinero que tenia, despues de varios meses me comento que tenia que pagar un anuncio en el periodico de 15mil pesos por que la mama de mis hijos sale a las 6:00 am y regresa a las 11:00 pm y el actuario no le puede notificar, siento que las leyes estan muy a favor de la mujer y desprotejen al papa, solo puedo ver a mis hijos en la casa de mis papas y no los puedo sacar a pasear por que segun ella les afecta que me vean con mi pareja actual, que hago no tengo recursos no tengo a mis hijos y estoy a punto de perder mi trabajo ya que no puedo nisiquiera costear la trasportacion de la casa a la oficina, ya estoy desesperado
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 361725
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Julio de 2014 09:03 2014-07-30 09:03 desde IP: 189.211.135.22
Puede uted acudir al Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Nuevo León, que se ubica en la esquina que forman las calles de Matamoros y Galeana, en donde podrán asignarle a un defensor de oficio, pues si usted y u cónyuge tienen más de 5 años de separados, ello es suficiente para que, promovido el juicio de divorcio, el juez decrete en la sentencia la disolución del vínculo matrimonial.
Asímismo, usted puede promover, presentando la demanda correspondiente, la fijaciín de un régimen de convivencias, en las que usted pueda libremente convivir con sus hijos, y no necesariamente sujeto a vigilancia.
Asimismo, la persona a quien contrató como "abogado", suponiendo que sea un profesional de la materia, lejos de buscar la forma en auxiliarlo correctamente, pretendió obtener de usted beneficios económicos indebidos, ya que si la madre de sus hijos, por cuestione laborales, se encuentra fuera del domicilio de las 6:00 a las 23:00 horas, una verz practicada la primera diligencia en la que el actuario haga constar en el acta respectiva esa circuntancia, puede pedirse al Juez la habilitación de días y horas inhábiles, a efcto que el actuario pueda llevar a cabo el emplazamiento en horas en que se encuentra la parte demandada, y aún sábados y domingos; la única justificación para llevar a cabo el emplazamiento a través de la publicación de edictos, es que de ignore el domicilio de la parte demandada y, rendidos los informes de dependencias e instituciones que cuentan con bases de datos que contienen los domicilios de las personas (Instituto Nacional Eletoral, Seguro Social, Comisiín Federal de Electricidad, Agua y Drenaje de Monterrey, etcétera), hagan saber al Juez que no tienen el domicilio de la persona buscada.
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