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PATRIA POTESTAD

  • Consulta : 237245
  • Autor : Ivette Martínez
  • Publicado : Domingo 27 de Julio de 2014 20:59 desde la IP: 189.134.213.127
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,114
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  • Autor
    Consulta

  • Ivette Martínez
    USUARIO REGISTRADO

    Mi duda es la siguiente: Hace dos años tuve un hijo en estado de unión libre. Yo ya no quiero seguir con el padre del niño; quisiera saber que garantias hay de yo como mujer, quedarme con la patria potestad y custodia del menor.

     

    Que dedo de hacer, cual es el primer paso?? a donde acudo.

     

    PD. En ese tiempo formamos una empresa, en donde el esta como socio accionista mayoritario y mi hermano, Según por estrategia yo quedaba fuera para darme de alta en el IMSS, cosa que no ha sucesido, entonces he trabajado para la empresa sin tener un documento oficial, aunque todos los clientes han tratado al cien porciento conmigo. Una de las causas por las que quiero separarme es por violencia emocional. Actualmente sigo viviendo con él; por temor como él mismo dice de quitarme a mi hijo. Espero que sea util la información anterior.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 361397

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante por todo lo que nos comenta en su pregunta, su asunto puede tener varias soluciones, todo ello va depender de que decisiones quiera tomar y qué es lo que pretende lograr en su asunto.

    Por una parte, puede usted dejar de vivir con su concubino y para ello le recomiendo que si va a abandonar el domicilio que tiene actualmente con su concubino, levante un acta especial ante el ministerio público de su localidad en la cual informa esta situación, a efecto de evitar futuras demandas falsas en su contra por su concubino, y de esta manera tener una protección jurídica contra esta situación.

    Por otra parte, una vez que se haya separado su concubino puede usted pelear ante un juez familiar la guarda y custodia de su menor hijo, así como una pensión alimenticia tanto para usted, como para su menor hijo, y asimismo, puede pelear también la pérdida de la patria potestad, la cual no es muy común que suceda porque se necesitan comprobar conforme a la ley civil, ciertas hipótesis que en su caso no serían muy fáciles de probar, como lo sería que el padre fue una mala influencia hacia el menor hijo habido un concubinato, por ejercer en contra de violencia familiar; y en este caso, lo recomendable sería que simultáneamente a su demanda familias en donde demande la pensión alimenticia ya referida, así como la guarda y custodia de su menor hijo, denuncia la brevedad posible a su concubino ante el ministerio público de su localidad, por la probable comisión del delito de violencia familiar cometido en agravio de su menor hijo y usted, por su concubino y por quien o quienes resulten responsables, solicitándole al citado agente del ministerio público del conocimiento las medidas cautelares procedentes en su caso, tales una orden de prohibición para que su concubino no se les acerque a su menor y a usted consultante a la distancia que determine dicho ministerio público, así como que su menor hijo quede bajo sus cuidados con su ante en virtud de la incapacidad de su padre para hacerse cargo del citado menor.

    Por lo que respecta a lo que nos comenta en la empresa que formó con su concubino, al no tener pruebas suficientes de que usted constituyó dicha empresa con su citado concubino, porque al menos no lo menciona en su consulta, lo procedente sería usted demandara laboralmente a dicha empresa, para el efecto de obtener todas sus prestaciones de ley, entre ellas su alta en el seguro social y en el Infonavit, saludos.

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIAS FAMILIAR, PENAL Y LABORAL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

                  

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

                                                

    Oficina: (0155) 6637-5063

    Celular: (044) 55-3253-4941

                                                      

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