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RENTA DE CUARTO AMUEBLADO
- Consulta : 237129
- Autor : conny2600_NR
- Publicado : Sábado 26 de Julio de 2014 07:14 desde la IP: 201.141.116.130
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,132
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 26 de Julio de 2014
Estado de Referencia: Estado de México
Hola buen dia
Mi caso es el siguiente, yo rento un cuarto amueblado detras de mi casa desde hace 5 anos a una chica, el primer ano hicimos contrato y estipule todo en el contrato y despues de 4 anos no le subi la renta hasta ahora, hable con ella sobre el aumento de renta y desoues de negociar llegamos a un acuerdo me pago la renta con el aumento acordado y como siempre yo le firme un recibo, pero no llegamos a firmar nuevo contrato ella no estaba de acuerdo en las clausulas y queria ella hacerme un contrato a mi para que yo lo firmara...
Lo que me saco de mis casillas fue su actitud, luego le pedi que firmara el contrato y que le entregara la proxima renta a una persona de mi confianza y se nego, y ella misma dijo que las cosas eran muy dificiles y le resultaba mejor cambiarse, desde entonces le he enviado mails porque no se ha parado por mi casa ni me ha contestado mis correos, quiero saber si el dia q vence la renta puedo desalojarla al no haber contrato firmado y tener las pruebas de que ella corto comunicacion conmigo, no veo problema mayor ya q es un cuarto independiente dentro de mi casa....
Que me recomiendan? GRACIAS!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 361210
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Julio de 2014 09:07 2014-07-26 09:07 desde IP: 189.211.135.22
No se le ocurra intentar siquiera desalojar a su inquilina o ingresar al cuerto, y menos sascar sus pertenencias, ya que si lo hace, estará incurriendo en el delito de despojo de inmueble.
La circunstancia que, vencido el plazo del primer contrato de arrendamiento, se haya firmado uno nuevo, no significa que no exista ese acto jurídico, sino que el contrato, en términos de lo que señalan los artículos 7.673 y 7.717 del Código Civil del Estado de México, se ha renovado por disposición de la Ley en plazos de un año cada uno.
Además, debe tomar en consideración que el arrendatario tiene un derecho de preferencia para ser provilegiado en el arrendamiento, de forma tal que él tiene que ser elegido sobre cualquier otra persona que desee arrendar el cuarto.
Asístase de un abogado especialista en Derecho Civil, a efecto que, próximo el cumplimiento del año de arrendamiento en curso, promueva lo necesario para dar por terminado el contrato y pueda desalojar a ese inquilino.
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Autor
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AutorRespuesta No: 361223
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Julio de 2014 11:48 2014-07-26 11:48 desde IP: 201.141.116.130
Gracias por contestar, el primer contrato que firmamos recien llego a rentar el cuarto no lo he encontrado, pero entonces no me queda muy claro, al no haber renovacion de contrato es como si el primero se renovara automaticamente con las mismas clausulas etc?
Y la otra duda es, entonces no puedo obligarla a irse al vencimiento de este mes que dio de renta?, osea que va a vivir de gratis estos meses y si nunca vuelve?Muchas gracias -
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AutorRespuesta No: 361225
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Julio de 2014 12:06 2014-07-26 12:06 desde IP: 189.203.217.9
Hola q tal puedes interponer en la vía civil el incumplimiento de contrato cobrarle la penalización y las rentas hasta el término del juicio esto se pone con el primer contrato firmado Sí tienes duda nos ponemos a tus órdenes Lic Alejandro Barroso Tel despacho 47.56.98.42 Tel nextel 36.19.84.09
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Autor
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AutorRespuesta No: 361226
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Julio de 2014 12:07 2014-07-26 12:07 desde IP: 189.137.74.16
Es acertada la contestacion del forista que me antecede, unicamente difiero en lo que respecta a que usted espere al vencimiento de la anulidad, lo que le sugiero es que le demande la rescision del contrato por falta del pago de las rentas que le adeude.Atte. Lic. J.L.Camacho.
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