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TESTAMENTO
- Consulta : 235343
- Autor : jccnew1_NR
- Publicado : Miércoles 09 de Julio de 2014 01:51 desde la IP: 189.166.203.96
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,133
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 09 de Julio de 2014
Estado de Referencia: Aguascalientes
Mi madre falleció y en su testamento me dejo como heredero universal y soy hijo único del matrimonio la pregunta es mi papa dice que todo es de el y se lo va ha dejar a los hijos de su anterior matrimonio y aparte yo construí la segunda planta de la casa en este caso que procede . -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 359246
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Julio de 2014 10:23 2014-07-09 10:23 desde IP: 148.246.198.196
CONSULTORIO JURIDICO DE HIDALGO
ASESORIA JURIDICA
Murio su mama estando casados ?
El señor su padre, y su madre estaban casados por bienes Mancomunados ?
esto se ve en el acta de matrimonio cuando celebraron sus padres este.
Ya inicaron su juicio de Sucesion testamentaria ?
Usted no debe ni necesita pedir autorizacion a su padre si usted ya es mayor de edad.... puede inciar el correspondiente juicio de sucesion para la adjudicacion del proporcional que le dejo su mama, que en el caso de ser casados bajo el regimen de sociedad conyugal, el patrimonio que le corresponde a usted es el 50% de todo lo que ella compro o adquirieron estando casada con su padre de usted.
En cuanto a los primeros hijos del señor, el podra dejarles lo que quiera, pero unicamente respecto de lo suyo es decir, el otro 50% que le corresponde de cuando estubo casado con su mama de usted.
No es necesario conversarle, ni le va a entender como lo indica la ley, usted inice su juicio sucesorio de su mama, y ahi lo invitan a su papa a que vaya a presentarse para recibir su proporcion que le corresponde como esposo, si no quiere ir ni modo.
Respecto del segundo piso que usted construyo, a la hora de vender el bien para hacer la particion de 50% de su padre y el 50% de su madre (que ahora es de usted) ahi se recupera la cantidad, pues de ese bien la mitad seria de usted.
Si lo que requiere es sacar su dinero por separado de la propiedad en cuanto a lo que usted le metio en dinero a esa casa, eso no se va poder.. recuerde que la ley establece que "el que construye en predio ajeno, pierde lo contruido con todo y sus accesiones"..... pero usted como sea, ya es dueño de una mitad, de todo.
Requisitos: Que esten casados por bienes mancomunados
Que inicie usted su Juicio de Sucesion Testamentaria.
Atentamente
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