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PAGO EN EFECTIVO
- Consulta : 232786
- Autor : Hermo23
- Publicado : Sábado 14 de Junio de 2014 22:13 desde la IP: 201.141.109.75
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,127
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 14 de Junio de 2014
Espero ser claro:
tengo una oferta de una persona que me compra mi casa valuada mas menos en $ 3,000,000.00 ( Tres milones de pesos ) pagandome una parte en efectivo y otra en cheque, aceptando y ofreciendome que resolevera el gravamen que tiene la propiedad por una institucion que en su momento me dio un credito pero esta desaparecio y hasta el momento me cobran personas que segun esto compraron la cartera. Es decir el me compra las casa bajo esas condicones. Pregunto....
1.- Es legal hacer una operacion en efectivo por esa cantidad???
2.- Esto representa un riesgo para mi y como puedo evitarlo???
3.- Como quedaria mi posicion frente al gravamen que tiene la casa???
4.- Como se contaria el dinero???
5.- Si fuera lavado de dinero esto me involucra???
6.- Como puedo aprovechar esta oportunidad sin correr riesgos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 357307
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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Junio de 2014 01:31 2014-06-15 01:31 desde IP: 189.244.10.225
Respuestas a sus preguntas..........Acuda junto con el comprador a una Notaria Publica, para que, ademas, se formalice la compra venta con las condiciones que menciona y estipulaciones de sus preguntas.....una vez formalizado, el Notario procede a la retencion del impuesto y el ingreso que Usted obtiene queda "amparado" con la venta y puede acudir al Banco para manifestar que el ingreso es por la citada venta exhibiendo el contrato de compra venta formalizado ante Notario.
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Autor
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AutorRespuesta No: 357318
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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Junio de 2014 11:39 2014-06-15 11:39 desde IP: 189.210.253.56
Haga caso omiso de lo que manifiesta la forista elizh80, ya que es producto de su desconocimiento del Derecho.
Si Usted vende su casa en la cantidad de $ 3´000,000.00 que menciona, obligatoriamente el pago de la operación deberá llevarse a cabo mediante cheque o transferencia bancaria, y bajo ningúnconcepto en efectivo.
Las operaciones de compra, renta y venta de casas ya no son lo mismo. La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (ley antilavado), la Ley Federal de Extinción de Dominio y las reformas realizadas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) modificaron los procesos de adquisición de inmuebles.
Con mayor razón, cuando la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación los límites máximos de operaciones en efectivo, que tratándose de compraventa de inmuebles, ese umbral es hasta por la cantidad de $ 540,002.00, que equivalente a 8,025 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
Obviamente, ningún Notario Público aceptara que la operación de compraventa se haga en la forma que usted lo plantea, ya que las obligaciones que le impone la Ley Federalpara la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, lo obliga a dar aviso a la Secretaría de Hacienda de cualquier compraventa que exceda de la cantidad anteriormente señalada, y exigir que el pago se haga como ya lo he señalado, so pena de ser cesado en sus funciones y recovársele la patente de Notario.
Y a usted, si resulta que el dinero tiene un origen lícito, se le podrá aplicar la Ley de extinción de domninio y quedarse como el perro de las dos tortas: sin dinero y sin la propiedad.
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AutorRespuesta No: 357352
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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Junio de 2014 19:58 2014-06-15 19:58 desde IP: 189.234.233.237
muy clara la explicación de raul cadena... pregunta en tu notaria de confianza... como lo planteas..ñ no se puede hacer...
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