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REQUISITOS BRAZALETE

  • Consulta : 232179
  • Autor : jessypalmaa_NR
  • Publicado : Lunes 09 de Junio de 2014 20:29 desde la IP: 189.179.44.99
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • jessypalmaa_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

     

    Buenas Tardes.

     

    Solicito su apoyo para resolver mis dudas y de atemano gracias..

     

    El caso es el siguiente un familiar esta recluido en el RPV Oriente por el delito de robo agravado, la sentencia fue de 8 años de los cuales esta por cumplir 2 de condena en el mes de octubre es un chico de 20 años primodelincuente.

     

     

    Mi duda es en que momento se puede pedir el beneficio del brazalate electronico para que pueda seguir con el proceso por fuera?

    2._ el debe de cumplir con algun requisito dentro del penal como (trabajo a la institucion, escuela, cursos y demas para poder solicitarlo?)

    3.-que costo tiene y por cuanto tiempo lo llevaria consigo?

     

     

    De nuevo muchas gracias y en espera de su respuesta...

     

     

     

     

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 356817

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE jessypalmaa_NR,

    Presente:

     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Le diré Consultante que, de acuerdo al artículo 29 de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Distrito Federal, los BENEFICIOS QUE PUEDEN OTORGAR ESTOS JUECES DE EJECICIÓN DE SANCIONES PENALES A LOS SENTENCIADOS, SON LOS SIGUIENTES:

     

    “CAPÍTULO TERCERO

    BENEFICIOS PENITENCIARIOS

    ARTÍCULO 29. BENEFICIOS. Son beneficios Penitenciarios los siguientes:

    I. Reclusión Domiciliaria mediante monitoreo electrónico a distancia;

    II. Tratamiento Preliberacional;

    III. Libertad Preparatoria; y,

    IV. Remisión Parcial de la Pena.”

     

    Tendría que estudiarse el caso particular de su familiar por un ABOGADO PENALISTA, para que le pudieraDICTAMINAR CON TODA PRECISIÓN SI A SU FAMILIAR SE LE PUEDE CONCEDER ALGUNO DE ESTOS BENEFICIOS, EN EJECUCIÓN DE SU SENTENCIA PENAL, entiende; saludos y suerte en su asunto.

     

    Por lo que le aconsejo jurídicamente que a la brevedad posible Usted Consultante se asesore legalmente de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL, de esta forma tendrá asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

                  

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

                                                

    Oficina: (0155) 6637-5063

    Celular: (044) 55-3253-4941

                                                      

    WEB:  w w w . m y c a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j o r g e . m o r a l e s  a r r o b a  m y c a b o g a d o s . c o m . m x  (minúsculas y todo junto)



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