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  • Consulta : 231134
  • Autor : isaacnew_88_NR
  • Publicado : Viernes 30 de Mayo de 2014 13:34 desde la IP: 200.34.175.252
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,144
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  • Autor
    Consulta

  • isaacnew_88_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    hola . por este medio solicito apoyo o explicacion   respecto del valor que pueda tener un documento, que este rubricado por la antefirma de una persona, en lugar de su firma autografa, legalmente es valida la antefirma? hablando de los documentos que integran un contrato?, si al final del mismo si esta firmado? 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 356003

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La firma al calce de un contrato es el consentimiento expreso de una persona para obligarse a lo establecido en ese contrato, por lo que la firma al calce es suficiente para considerarlo obligado en los términos establecidos en la contrata. Las firmas al margen son una forma de protección del obligado a efecto de que no le modifiquen las cláusulas pactadas, por lo que el contrato es válido existiendo o no firma o antefirma al margen. En caso de diferencias será la pericial la que deberá acreditar si la antefirma es de persona diversa.



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