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¿CóMO PERSONA FíSICA PUEDO SER MI PROPIO PATRóN?
- Consulta : 231113
- Autor : modelogams_NR
- Publicado : Viernes 30 de Mayo de 2014 11:33 desde la IP: 201.140.96.115
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,159
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 30 de Mayo de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Acabo de estar en un curso con un "experto" pero no me aclaro mi duda:
¿Si soy persona física puedo a la vez ser mi propio patrón? Yo supongo que no pero este hombre dice que sí, que tramite mi alta como patrón y que me registre como empleado.
Por favor que alguien me aclare
Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 356074
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Junio de 2014 04:48 2014-06-01 04:48 desde IP: 189.244.8.26
El "experto" tiene razon,,,Usted no le entendio....Al Registrarse como Persona Fisica ante el SAT (primeramente) lo es para dedicarse a la Prestacion de un Servicio, esto es, (por ejemplo) Honorarios o Comisionista, lo que significa que debe expedir facturas por el servicio que presta, por ejemplo, si es tecnico en reparaciones electricas y acude a un local para instalacion de X, Usted tiene que dar factura para que le puedan pagar, ok?, luego, necesitara de un Contador para que le lleve su contabilidad y pago de impuestos...y asi.....Ahora, si Usted requiere de IMSS, Infonavit, etc,...debe acudir a las oficinas del IMSS para inscribirse (alta) como 'Patron" y luego se registra como "empleado" para tener el beneficio del IMSS, o simplemente se Registra en el IMSS por pago individual voluntario,,esto su Contador le explicara mas acertadamente.
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