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ASEGURAR AL HIJO DE MI ESPOSA EN EL IMMS
- Consulta : 230108
- Autor : cnolascomar_NR
- Publicado : Martes 20 de Mayo de 2014 23:55 desde la IP: 189.203.69.205
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 20 de Mayo de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 355290
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Mayo de 2014 09:16 2014-05-21 09:16 desde IP: 189.210.253.56
No, no puede registrarlo si el menor tiene los apellidos de sus padres biológicos.
Sin embargo, si el padre biológico no ha cumplido con su obligación alimentaria y de convivencias con el menor, la madre puede demandarle a dicho ascendiente, tanto el pago de una pensión alimenticia como la pérdida de la patria potestad, y una vez que la sentencia que lo condene a perder la patria pitestad cause ejecutoria, usted podrá iniciar los trámites para la adopción plena del niño; sólo hasta que lo haya adoptdo podrá inscribirlo como su beneficiario hijo.
Que su cónyuge se asista de abogado especialista en Derecho de Familia, a fin de que inicie los trámites legales pertinentes.
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