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DEPARTAMENTO A NOMBRE DE PADRE (HEREDAR,COMPRA VENTA O CESIóN DE DERECHOS)
- Consulta : 229729
- Autor : pereaalan_NR
- Publicado : Viernes 16 de Mayo de 2014 16:22 desde la IP: 155.201.35.50
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,087
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 16 de Mayo de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola muy bune día ,y de antemano muchas gracias.
Describo el contexto .Departamento a nombre de mi padre casado por bienes mancomunados con mi madre , ellos se separan pero no se divorciaron (a menos que mi papá falsificara su firma)
El departamento terminó siendo pagado por mi hermano y mamá, solo contamos con la carta liberación de credito, (nunca se recogieron las escrituras) y en el hemos vivido toda la vida.
El predial comenzo a llegar con un cargo elevado por que le pusieron mal los años de antigüedad en el catastro ,siendo que es un departamento que se encuentra en una unidad habitacional , por ello tenemos una deuda alta.
Mi padre tiene 9 hijos incluyendonos a nosotros que somos 3.
Ahora que ya estan grandes le he pedido carta poder para tramitar una aclaración por el adeudo del predial y no me la da,le he comentado que me preocupa que sus otros hijos quieran pelear el departamento si el fallece y solo me dice que no me preocupe.
Quisiera cual seria la forma más rapida de asegurar nuestro departamento aunque despues tenga que realizar otros tramites .
Pienso que si hace testamento luego lo puede cambiar, con la cesion de derechos me parece tiene que ser liquidado el predial primero asi como hacer todo el tramite de escrituracion y no se si en contrato de compra venta se pueda hacer sin las escituras.
Muchas gracias.
Saludos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 355010
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Mayo de 2014 23:48 2014-05-16 23:48 desde IP: 187.199.246.17
El caso amerita mayor análisis, sin embargo, de acuerdo al Código Civil me parece conveniente hacer una donación del bien ante un notario a su señora madre, ahora que aún vive su padre, para que posteriormente realicen ante el mismo fedatario la escrituración a su nombre. Una vez realizado a su nombre podrá otorgar el bien mediante testamento a quien desee. El mismo notario les requerirá la documentación correspondiente que deberá acercárselo. Deben asistirse de abogado.
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