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DARSE DE BAJA EN SAT

  • Consulta : 228679
  • Autor : rafaelhl18_NR
  • Publicado : Domingo 04 de Mayo de 2014 08:45 desde la IP: 189.252.35.208
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,145
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  • Autor
    Consulta

  • rafaelhl18_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sonora

    Buenos dias, mi pregunta es como darme de baja en el SAT, si tengo pagos pendientes, ¿tengo que liquidarlos primero o es posible darse de baja y realizar un convenio para pagarlos?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 354233

  • Ariel Raul
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hay que recordar que para que opere la suspensión de actividades es por que ya no va ha percibir ingresos conforme al régimen en el que se dio de alta, en su portal puede dar la suspensión de actividades, en cuanto a su adeudo debe de cubrirlo antes de que le requiera el SAT, ya que si se tarda no solo le puede exigir el pago si no también una multa mas actualización y recargos.

    Saludos

    Lic. Ariel Reyes



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