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COMO DEBO HACER PARA DESCONOCER A UN HIJO QUE ANTERIORMENTE SE RECONOCIó

  • Consulta : 221685
  • Autor : josejuanortegavilla_NR
  • Publicado : Viernes 14 de Febrero de 2014 12:20 desde la IP: 187.210.247.17
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,107
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  • Autor
    Consulta

  • josejuanortegavilla_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua
    hola me casé con una mujer que tenía una bebe y al casarnos reconoci a su hija como mía pero no funcionó la relación y nos queremos divorciar la duda es como le hacemos para que la bebe ya no tenga mis apellidos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 340223

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no puedes hacer nada por ley es tu responsabilidad hasta q se case se embarace trabaje o bien termine una carrera tecnica o sus estudio s universatorios o bien siendo mayor de edad deje de estudiar



  • Autor
    Respuesta No: 340224

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted, a pesar de no ser el padre biológico de ese menor, conscientemente lo reconoció como si lo fuera, no puede ya retractarse como lo pretende, y quitarle los apellidos al niño.

    La única persona que podría, previo juicio, lograr que se modificara el acta de nacimiento o reconocimiento del infante, es el verdadero padre biológico, quien tendría que demandarle a usted el desconocimiento de la apternidad, y demostrar durante el procedimiento que el niño es su descendiente y no de usted.

    En consecuencia, deberá usted continuar velando por ese niño como si fuera su hijo verdadero, proporcionándole alimentos, conviviendo con él, participando en su educación y formación física, moral, emocional, intelectual, afectiva y psico-social, pues el menor no puede sujetar su interés superior a los caprochos de quien lo reconoció como hijo, por lo que si deja de cumplir con esas obligaciones que usted, repito, conscientemente asumió, incurrirá en la comisión de un delito sancionado con pena de prisión.; lo anterior con independencia de que al comparecer ante el Oficial del Registro Civil y faltando a la verdad, dijo ser el padre biológico del niño, sin serlo, lo que configuró por ese simple hecho, el diverso delito contra la filiación, previsto por el artículo 195, del Código Penal de Chihuahua, que se sanciona con una pena de uno a seis años de prisión, y multa de cien a mil días de salario mínimo, injusto en el cual, la madre del menor, también resulta ser copartícipe.



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