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DUDA DE PERSONA CONDENADA A 30 AñOS DE PRISION
- Consulta : 221679
- Autor : lo_real_26_NR
- Publicado : Viernes 14 de Febrero de 2014 11:25 desde la IP: 187.194.96.77
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,130
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 14 de Febrero de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 340222
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Fecha de respuesta: Viernes 14 de Febrero de 2014 12:29 2014-02-14 12:29 desde IP: 189.212.205.133
Si bien es cierto, la persona que se encuentre cumpliendo la pena de prisión que le fue impuesta en la sentencia dictada en el juicio que se le instruyó por su responsabilidad penal en la comisión del delito de homicidio cometido en gravio de su señor padre, debe cumplirse al transcurrir el tiempo determinado como pena privativa de la libertad en dicha resoluci´kn, también lo es qur dicha sanción tiene, entre otros objetos, que durante el período de reclusión, el sentenciado sea sometido a un tratamiento penitenciario a efecto que sea readaptado para ser reinsertado socialmente en el momento oportuno, por lo que si la autoridad encargada de la ejecución de esa pena de prisión determinan, que el sentenciado, por haber observado buena conducta durante el tiempo que lleva recluído, por haberlo aprovechado para dedicarse al trabajo, a la educación y la superación, ha alcanzado un punto adecuado de readaptación, pueden concederle alguno de los beneficios de libertad anticipada previstos en la ley penal vigente en la época en que cometió el ilícito, de forma tal que la pena de prisión, pueda continuar cumpliéndola en lipartad preparatoria, esto es, sin encontrarse recluído, pero bajo la observancia y vigilancia de la propia autoridad, de forma tal que si deja de cumplir con cualquiera de las obligaciones que debe observar, ese beneficio le será revocado y sera nuevamente internado en el centro de readaptación.
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