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CORTE DE AGUA

  • Consulta : 219631
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Sábado 25 de Enero de 2014 17:45 desde la IP: 189.191.149.186
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,138
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Vivo en ecatepec eso de me y en dónde vivo nos abastece agua un pozo del pueblo de Sta María chiconautla el detalle esque yo quise ponerme al corriente con los pagos de agua pero me cobran una toma de agua que no tengo ya que el agua llega directamente a una sisterna de la privada y de ahí nos abastecen así que no pague ahora vinieron a mi casa cuando yo no estaban y me cortaron el tubo donde me llega el agua esto es legal y que puedo hacer

     

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  • Autor
    Respuesta No: 338393

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No señala quien le corto el tubo, si una autoridad o particulares. De conformidad a las recientes reformas al artículo cuarto de la Constitución, el agua es un derecho humano, por lo que el corte del servicio es inconstitucional. La autoridad sólo le podrá restringir el suministro al por ciento mínimo que señala la Secretaría de Salud que sea necesario para el uso básico y además deben notificarle el acto de molestia fundando y motivando la causa legal del procedimiento. Si es un particular, estarían cometiendo posiblemente los delitos de despojo de fluidos y daño en propiedad ajena por el corte del tubo. En el primer caso debe demandar ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, si es el segundo debe querellarse ante el Ministerio Público.



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