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DEBO FIRMAR CARTA DE RENUNCIA PáRA QUE ME DEN NUEVO CONTRATO?

  • Consulta : 219305
  • Autor : principito65_NR
  • Publicado : Miércoles 22 de Enero de 2014 13:14 desde la IP: 63.240.167.36
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,090
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  • Autor
    Consulta

  • principito65_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buen dia:.

     

    firme contrato por un año y este mes llega a su fin, ahora me piden que firme una carta de renuncia para poder darme nuevamente contrato por otro año, para el mismo puesto y para la misma actividad y dicen que no me pueden dar el nuevo contrato hasta que firme primero la carta de renuncia, ¿es legal lo que estan haciendo? ¿pueden darme nuevamente contrato por el mismo trabajo? ¿puedo exigir una copia del contrato y de la carta de renuncia? ¿debo de firmar la carte de renuncia?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 338122

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no es legal.

    La Ley Federal del Trabajo, solamente permite que el patrón el trabajador celebren contratos por tiempo y obra determinada en los casos que expresamente se señalan en los artículos 35, 36, 37 y 39, B.

    Concretamente, respecto los contratos por tiempo determinado, solamente surten efecto cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar (por ejemplo, en el caso de un pedido extraordinario de determinado producto por un cliente o en aquellos en que por ciertas temporales, es necesario incrementar la producción, como puede ser previo a las fechas navideñas); cuando tienga por objeto sustituir a un trabajador (en los casos de vacaciones, incapacidades, licencias, etcétera), y tratándose de contratos a prueba (que no puede exceder de 30 días, y excepcionalmente hasta 180 días en el caso de trabajadores que ocupen puestos de dirección o administración en la empresa) o de capacitación (con duración máxima de 3 meses).

    En los casos en que el patróin exige al trabajador la firma de un contrato temporal que no esté en los casos contemplados en la Ley, entonces dicho contrato surte efectos como si se hubiera celebrado por tiempo indefinido, siendo éste un derecho irrenunciable del trabajador.

    Consecuentemente, las malas prácticas patronales y empresariales, ante la ignorancia de los trabajadores de sus derchos laborales, les imponen contratos de trabajo temporakles que, para todos los efectos legales, resultan ser contratos por tiempo indefinido, y al exigirles la renuncia, buscan de esa forma eludir el pago de las prestaciones que reglamente les corresponden y el reconocimiento de los derechos de antigüedad y permanencia en el empleo, precisamente a través del condicionamiento de una renuncia, para que firmen un nuevo contrato.

    Sin embargo, ese nuevo contrato es innecesario, ya que como lo previene la Ley, el contrato se considera de tiempo indefinido, por lo que sin necesidad de celebrar uno nuevo, subsiste la relación de trabajo.

    En caso que usted se niegue a firman la renuncia y con ese pretexto el patrón le impide que continúe prestando sus servicios, incurre en un despido injustificado, lo que da derecho al trabajador, a su elección, demandar por la reinstalación en el trabajo o el pago de la indemnización constitucional.

    Si usted se niega a firmar la renuncia y por tal motivo lo despiden, asístase inmediatamente de un abogado especialista en Derecho Mercantil a efecto que proceda a presentar la demanda con motivo de ese despido, ya que solamente dispone de 2 meses, contados a partir de la temrinación de la relación laboral para hacerlo, ya que transcurrido ese término, prescribe su derecho a reclamar.



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