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PERDIDA DE ANTIGUEDAD
- Consulta : 218956
- Autor : angelik_mb7_NR
- Publicado : Sábado 18 de Enero de 2014 12:16 desde la IP: 189.129.24.68
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,128
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 18 de Enero de 2014
Estado de Referencia: Veracruz
Buen dia, quiero saber si pierdo antiguedad debido a que hace 2 años me sali de la empresa por un mes, hice renuncia voluntaria, y debido a que no me convino regresé a la misma empresa, me dieron de alta de nuevo en el imss ya que de inmediato me habian dado de baja, y continuó todo normal, no me dieron ningun finiquito y como me sali en el mes que pagaron el reparto de utlidades, no me lo pagaron, ahora ya hizo año y medio que pasó eso y respecto de mis vacaciones me dieron 6 dias, yo tenia 7 años ya, entonces me dijeron unas personas que por no haberme liquidado ni finiquitado no debieron haberme quitado mi antiguedad, me pueden orientar por favor?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 337835
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Enero de 2014 13:17 2014-01-18 13:17 desde IP: 187.162.210.121
Dado que usted renunció teniendo una antigúedad de 7 años, en esa fecha el patrón debió pagarle sus partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, que eran las únicas prestaciones a las que tenía derecho; en caso que el patrón no le haya pagado esas prestciones, tuvo un año para reclamarlas, ya fuera directamente en la empresa o mediante la demanda que presentara ante la Junta de Conciliación y Arbitrje, y si no hizo ni lo uno ni lo otro, su derecho ya prescribió.
A razpín de su nueva contratación, empieza a conttar su antigüedad de 0, como si fuera de nuevo ingreso, por tanto, las personas que le dijeron que por lo haberlo liquidado o finiquitado, no se afecta su antigüedad, están equivocados.
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Autor
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AutorRespuesta No: 337837
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Enero de 2014 13:27 2014-01-18 13:27 desde IP: 189.195.36.68
Estimado o estimada consultante; Reciba cordialsaludo de mi parte y en referencia a la consulta que expone le contesto lo siguiente;
Unico.- Usted, perdio la antig¨uedad ya que esta en una nueva relacion laboral, por que en su anterior relacion laboral renuncio voluntariamente y en base a la Ley Laboral Vigente, al momento en la epoca de su renuncia, posiblemente usted, no adquirio derecho de indemnizacion de pago por antig¨uedad por que no cumplio quince años laborando con su patron. La mas seguro es que si Usted, habla al respecto con su patron, confirme lo que en este parrafo le expreso. Una demanda al respecto no estara debidamente fundada ni motivada, ni esta en tiempo legal de hacerlo.
Pero aclaro no hay peor lucha que la que no se hace. Pero tome en cuenta las consecuencias. En lo sucesivo de lectura a la Ley Laboral y acepte acudir con un asesor, lamento lo acontecido.
Muy Profesionalmente;
RAUL CHAVEZ
ABOGADO.
CEDULA, DGP. 320891.
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