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¿CóMO DEBE SER LA CONVIVENCIA Y/O VISITAS DE UN MENOR CON SU PROGENITOR Y LAS EDADES QUE MARCA LA LEY?

  • Consulta : 218304
  • Autor : charsol_sareer_NR
  • Publicado : Sábado 11 de Enero de 2014 18:28 desde la IP: 201.137.8.60
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,122
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  • Autor
    Consulta

  • charsol_sareer_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola, tengo una enorme duda que ningún abogado que he consultado me ha podido contestar con certeza, ¿en el Estado de México existe alguna ley dentro de la que se reglamente la edad en la que un menor de edad conviva con la persona que no ejerce la guarda y custodia?

    El caso es el siguiente: Ingrese una demanda en contra de la madre de mi hija, judicialmente se me otorgo un regimen de visitas en la casa donde habita mi hija y mi ex concubina, en un horario de 3 horas sabados y domingos. El estar ahí es incomodo tanto para mi hija como para mí por el espacio reducido de la casa y las discrepancias que tuvimos mi ex concubina, sus padres y yo.

    Mi hija ya tiene dos años cumplidos y me habían comentado que para evitar más problemas en dicho lugar de visitas, podría hacerse una modificación para que sea en un centro de convivencia en el estado de méxico, a mi me parece justa y necesaria la opción de que sean en distinto lugar mis visitas y sobretodo con la vigilancia de un psicologo y algún trabajador social. Pero yo no quiero que las visitas siempre sean en un lugar ajeno a mi hogar,donde habitan mis padres y hermano, pues ellos llevan más de un año sin poder convivir con mi hija, precisamente por discrepacias entre familias y por la sentencia en la que exclusivamente yo puedo tener visitas ( lo mismo es tener únicamente convivencia; yo con mi hija) dejando a un lado a sus abuelos y tío que no conoce o no recuerda y hasta cierto punto creo que es una violación a su derecho de conocer y convivir con sus familiares de ambas familias (paterna y materna).

    Con todo el choro sobre mi situación hago lapregunta en general: ¿hasta que edad de mi hija puedo hacer la petición de que sea fuera del lugar donde se ejerce la custodia y también fuera de un centro de convivencia?

    Ejemplo:

    de 0 meses a 1 año 6 meses = forzozamente en el lugar donde habita la madre
    de 1 año 6 meses a los 2 años = en un centro de convivencia, y
    de 2 años en adelante = en algún domicilio particular (bajo el decreto por parte del centro de convcencia, de que la menor no corre riego alguno estando con su padre, sin observacion de alguna autoridad)

    ¿cómo se maneja esta situación de la convivencia entre un menor y su padre o progenitor y sus demás familiares.

     

    Agradecería de todo corazón a quién me oriente. Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 337286

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu hija... por ley... y esto lo sabes desde el momento que tienes abogado...puede pedir vivir contigo... cuando cumpla 9 años en junta de menores...antes... todo lo decide quien tiene la guarda y custodia...y si hsy convenio... puedes pedir la modificacion del mismo... la que si ella no quiere... no cambiara...



  • Autor
    Respuesta No: 358582

  • dhomero2000
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Yo estoy en la Misma situacion, tengo una hija de 3 años y acabo de meter demanda de convivencia, segun la respuesta anterior, tengo que estar necesaria mente con la mama de mi hija cuando me den mis dias para convivir??



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