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QUIERO LEVANTAR UN ACTA INFORMATIVA

  • Consulta : 218207
  • Autor : sam_cd86_NR
  • Publicado : Viernes 10 de Enero de 2014 12:51 desde la IP: 201.153.71.203
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,108
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  • Autor
    Consulta

  • sam_cd86_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    buenas tardes, mi caso es el siguiente:

    en marzo del año pasado dejé a mi esposo pero mi hija de 5 años no se quiso ir conmigo yo se la dejé porque yo no tenia a donde ir y ademas ella lo adora y pensé q el era buen  papá, con el paso del tiempo mi hija me dijo que ya se queria venir a vivir conmigo pero ahora el no quiere porque dice que la voy a afectar psicologicamente, el problema es que la familia de mi ex le habla mal de mi a mi hija y el no le cree a su propia hija y defiende a su mama,,,además de que recibi una llamada a mi celular de parte de su mama insultandome y cuando ella accede a cuidarla no la alimenta bien y ademas no me deja acercarme a su casa ni para recogerla los dias que me acordamos, quiero llevarmela..me puede demanda por secuestro o por algo mas??

    gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 337346

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, si usted decide llevarse consigo a su menor hija, no incurre en ningún delito, no en el de secuestro, ni en el de sustracción de menores, como tampoco lo comete su esposo teniendo actualmente a su hija con él.

    Sin embargo, a efecto de evitar situaciones de falta de certeza, no sólo para usted y el padre de la niña, sino para la propia menor, lo más recomendable es que se asesore de un Abogado especialista en Dercho de Familia, a fin de que promueva ante el Juez de lo Familiar competente, la demanda correspondiente para que judicialmente se declare que usted es quien debe tener la guarda y custodia de su hija, y el padre sólo podrá tener con la niña un régimen de convivencias, que será el propio Juez el que determine sus condiciones y características.

    Una vez que el Juez, en sentencia definitiva, le haya concedido a usted la guarda y custodia, si el padre, por decisión propia se la lleva a vivir con él, entonces estará cometiendo el delito de sustracción de menores.



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