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BIEN MUEBLE MANCOMUNADO

  • Consulta : 216843
  • Autor : campanita64
  • Publicado : Jueves 19 de Diciembre de 2013 09:18 desde la IP: 201.140.100.252
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • campanita64
    USUARIO REGISTRADO

    Hola buenos dias¡

     Mi nombre es Rocío, solicito me asesoren respecto a un bienmueble de interes social que compre en mancomunado con mi ex conyuge, el inmueble quedo a nombre de él, a ambos nos descuentas por vía nómina la propiedad tiene 4 años de adquirida, estoy divorciada desde mayo de 2012, el divorcio no procedio en los mejores terminos debido a que el cometio infidelidad se fue de la casa a vivir con esa mujer en octubre de 2012, yo tramite pención alimenticia la cual quedo fija, hasta el momento de la centencia a la que no se presento y quedo automatica, la pensión es mensual de 1850.00 pesos misma que deposita por billete de deposito en los tribunales. En este mes de diciembre no hizo ningun deposito, me ha estado llamando y mandando mensaje para que yo le proporcione mi numero de cuenta y ahí haga el deposito. en cuanto a la casa el quiere que se traspase o se rente y le de el dinero de la renta.

    Yo no hablo con el para nada, y no le he contestado los mensajes, que debo hacer? de cualquier forma en el juzgado lo sancionan? o solo lo apersiben por escrito?.

    Y de la casa como puedo ampararme para que el ceda un 25% a su hija y llegar a un arreglo para que del 25% que a el le corresponde pueda yo cubrirselo con mensualidades. ya que considero que es patrimonio para mi hija.

    Y por otro lado, a el no aporta nada adicional de todas sus percepcionese unicamente la pensión que la juez habia fijado como provisional la cual quedo fija una vez que el no se presento a los acuerdos de divorcio.

    No ve a su hija en un año la vio solo cinco veces sin salir con ella o distraerla. yo tengo la guarda y custodia.

    Yono quiero que el me llame ni se me presente, si no hizoel deposito en el juzgado ahora que lo  haga hasta enero, pero que sucede o que puede pasar?. unicamente hace el deposito en enero y es todo?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 335819

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Asistida por el abogado que lo hizo en el juicio de divorcio, debe promover la ejecución de la sentencia en cuanto al pago de la pensión alimenticia decretada por el juez que ha dejado de depositar.

    Adicionalmente, puede proceder a presentar una querella ante el agente del Ministerio Público, derivado del incumplimiento en el pago de dicha pensión, toda vez que al dejar de hacerlo, el deudor alimentario incurrió en la comisión de un delito denominado incumplimiento a las oblgiaciones familiares y/o alimentarias.

    Respecto la casa, usted no puede obligar a su ex-cónyuge a que ceda a su hija el 25% de la parte alícuota que le corresponde sobre la casa que adquirieron durante el matrimonio.

    Su aboado debe promover, igualmente, el incidente de liquidación de la sociedad conyugal, a fin de que se resuelta en definitiva la cuestión de la copropiedad de la casa; usted tendría la opción de adquirir el 50% que pertenece a su ex-cónyuge, pagándole la parte del precio que previo avalúo se determine, y descontando de ese avalúo la parte del crédito que no se ha liquidado, para que sea usted quien asuma la obligación de pagarlo.

    En cuanto a la desatención del padre de su hija a convivir con ella, también puede promover diverso juicio para que le demande la pérdida de la patria potestad; de esa forma, el perdería ese ejercicio, por lo que no tendría derecho alguno a participar en la educación y formación del menor, aunque si podría continuar con la convivencia en él; sin embargo, es patente su desinterés en hacelo, por lo que seguramente dejarían de tener cualqueir contacto con él, tanto usted como su hija, sin que quedara relevado de la obligación de seguir pagando la pensión alimenticia.

    En cuanto a su inconformidad por la cantidad que se le concedió por concepto de pensión alimenticia, su abogado puede también promover un incidente de incremento, en el que usted deberá demostrar que las necesidades de su hija han aumentado, y que la cantidad que por alimentos le da el padre es insuficiente, cuando él tiene mayor capacidad económica que la que tenía al momento de dictarse la sentencia; asimismo, en el trámite del incidente puede pedir que en lugar de que la pensión sea unba cantidad fija, se determine en base a un porcentaje, a fin de que ésta se mantenga permanentemente actualizada, bucando con ello la protección del interés superior de su hija.



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