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CUANTO TENGO QUE PERCIBIR POR VACIONES

  • Consulta : 216564
  • Autor : ad_bel_00_NR
  • Publicado : Lunes 16 de Diciembre de 2013 11:51 desde la IP: 189.131.108.22
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • ad_bel_00_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    hola buen dia ya me pagaron mi quincena de dicimbre pero tengo entendido que la ultima quincena tambien se paga  tambien me tienen que pagar mi aguinaldo o es esa quincena  gracias 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 335520

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Las vacaciones no se pagan, se disfrutan con goce de salario, y el trabajador debe disfrutarlas dentro de los 6 meses siguientes a la fecha en que generó el derecho, es decir, al cumplir años de servicios.

    Ahora si en la empresa en que presta sus servicios, les conceden a todos los trabajadores su período vacacional por suspender actividades y con independencia de que tengan derecho a disfrutarlas íntegramente, el pago de los salarios se hará el 31 de deiciembre, en caso que los cobren por perpíodos quincenales.


    El aguinaldo debe ser pagado por el patrón, a más tardar el 20 de diciembre de cada año, por lo que no necesariamente esta prestación debe incluirse con el pago del salario quincenal.



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