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ABANDONO DE HOGAR
- Consulta : 216412
- Autor : ramg800822_NR
- Publicado : Viernes 13 de Diciembre de 2013 19:47 desde la IP: 201.171.40.106
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,106
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 13 de Diciembre de 2013
Estado de Referencia: Baja California
Que tal Buen dia mi consulta es la Siguiente.
Hace unos dias tuve una discusion con mi todavia esposa, inicialmente ella se iria de vacaciones por las fiestas navideñas y regresaria a lugar donde actualmente residimos, pero a causa de esta discusion, ella decidio irse y ya no regresar yo no me entere de la situacion hasta el dia que ella ya se iba para mi la discusion habia pasado y se arreglaria como tantas otras, yo me entere que ya no regresarian por que uno de mis hijos me dijo que su mama le habia dicho que al salir de la escuela pasara por unos documentos que le entregarian en la oficina de la escuela estos documentos eran su baja definitiva.
El caso es que ella se fue llevandose la mayoria de sus pertenencias y pertenencias de mis hijos de la casa donde viviamos, ella es una persona, muy poco sensata y con la que no muy facilmente se puede llegar a acuerdos, por lo que me gustaria actuar de manera legal, sobe todo por mis hijos, para que la custodia de los niños sea compartida. se que no puedo pelearle la custodia de los niños por que en ese sentido la ley protege mucho a las mujeres.
Levantar el Acta de Abandono de Hogar en que me beneficia???? tengo que hacerlo ya o tengo que esperar mas tiempo, y que papeles tengo que llevar??? sobre todo por que ella tenia acta de matrimonio y se debio quedar con ella.
Ellos se Fueron al Edo. de Veracruz y yo Resido en Baja California donde actuelmente viviamos y estudiaban mis hijos, Ojala puedan Orientarme
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 335259
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Diciembre de 2013 19:59 2013-12-13 19:59 desde IP: 187.162.210.121
Necesita contratar a un abogado especialista en Derecho de Familia, a fin de que realice los trámites legales necesarios para interpelar a su esposa para que se reintegre a la morada conyugal junto con sus hijos, y dependiendo si lo hace o no, promueva igualmente lo que en derecho proceda, a fin de que no se prive a los menores del dereecho que tienen de convivir con usted, y también para que vea la forma en que deberá cumplir con sus obligaciones de alimentos respecto los niños.
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