Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

TRABAJADOR DE PLATAFORMA MARINA

  • Consulta : 215494
  • Autor : amorenomo_NR
  • Publicado : Martes 03 de Diciembre de 2013 15:18 desde la IP: 201.157.31.207
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,114
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • amorenomo_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Mi pregunta es la siguiente, a un trabajador de Plataforma Marina, cuantos días le corresponden por Ley? Se le considera marino?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 334041

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    NATURALMENTE que NO SE LE CONSIDERA MARINO.... ese calificativo y el tratamiento que le da la ley es por las presiones a las que su cuerpo se ve expuesto bajo diferentes admosferas ... usted esta en superficie... en una plataforma... NO PUEDE CONSIDERARSELE MARINO 

    Es como una persona que trabaja en la recepcion de un centro de radiologia. No porque la secretaria tenga a su cargo el modulo de atencion a clientes se le dará por el solo hecho de trabajar en un centro RADIOLOGICO las ventajas y beneficios que la ley otorga al RADIOLOGO



  • Autor
    Respuesta No: 334051

  • amorenomo
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La Ley, entonces, no lo considera marino? Entonces porque para abordar y trabajar en una plataforma exige Identidad maritima y libreta de mar?



  • Autor
    Respuesta No: 334075

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Marino es un miembro de la tripulaci´n de un banco, sea mercante o pesquera, deportiva o militar, y una plataforma petrolera no es un barco, por tanto USTED NO ES UN MARINERO, aunque se encuentre laborando en una estructura en en área marítima.

    Y la cartilla de identidad marítima y libreta de mar, son constancias que expide la capitanía de puerto que acreditan que usted aprobó un curso de sobrevivencia en alta mar, y la cartilla de identidad es un documento de identificación aceptado internacionalmente, por tanto, se trata de un documento de carácter administrativo.

    En cuanto a su pregunta respecto a cuántos días le corresponden por Ley, debe ser más explícito, pues no señala a días de que.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión