- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
CUANTO RECIBIRE
- Consulta : 215311
- Autor : miroslava.yasmin_NR
- Publicado : Domingo 01 de Diciembre de 2013 12:41 desde la IP: 187.240.107.34
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,082
-
AutorConsulta
-
Publicado el Domingo 01 de Diciembre de 2013
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 333826
-
Fecha de respuesta: Domingo 01 de Diciembre de 2013 13:34 2013-12-01 13:34 desde IP: 201.132.144.35
Estimado Consultante.
Buen fin de semana; Reciba cordial saludo y al mismo tiempo le dire que debera asesorarse expresando cual es el motivo de su intencion de renunciar, por lo siguiente;
1.- La renuncia voluntaria, Genera una liquidacion menor ya que el patron solo debe pagar salario devengado, prima vacional y vacaciones proporcionalmente al tiempo y año correspondiente de trabajo, comisiones debidas en su caso, aguinaldo proporcional al año correspondondiente, todo lo anterior de momento y posteriormente las utilidades correspondientes y entragaderas en el periodo correspondiente no antes no hay obligacion para el patron indemnizar al empleado o trabajador, de momento.
La liquidacion mayor procede por ejemplo:
cuando el trabajador es depedido injustificadamente por el patron
o cuando el trabajador se separa de su trabajo por causa imable al patron.
Considero que usted debera ir de inmediato a la procudaria de la defensa del trabajo o del trabajador para que a un abogado de oficio en materia laboral, exponga claramente el motivo y que pretende para que le indiquen que hacer y no renuncie hasta saber claramente que debe hacer.
MUY ATENTAMENTE
RAUL CHAVEZ
ABOGADO
-
Autor





